Un juzgado dictó una resolución disparatada (aceptó la contestación de demanda por parte del demandado estando éste declarado rebelde por el propio juzgado) a lo que interpuse recurso de revocatoria con apelación en subsidio. Ahora el juzgado dictaminó lo siguiente :"De la revocatoria interpuesta, traslado. (art. 240 del C. Proc.)".
Mi consulta es: ¿quién debe contestar el traslado: la demandada o yo? Y si fuera que yo debo contestar ¿qué voy a poner de nuevo que ya no haya manifestado en la revocatoria?
Gracias colegas por contestarme
Cómo nos hacen perder el tiempo los juzgados a los abogados a veces!!!
Mi consulta es: ¿quién debe contestar el traslado: la demandada o yo? Y si fuera que yo debo contestar ¿qué voy a poner de nuevo que ya no haya manifestado en la revocatoria?
Gracias colegas por contestarme
Cómo nos hacen perder el tiempo los juzgados a los abogados a veces!!!
"Para reunir a Los Beatles, hacen falta dos disparos más"