Buen día Colegas. Les consulto respecto a una sucesión: En este caso la duda hace referente a la jurisdicción de inicio del proceso. Debido a que la causante tiene tierras en el partido de Merlo. Otro inmueble en el partido de La Matanza junto a un colectivo de su propiedad. También radicado en La Matanza. Ahora bien, la fallecida vivía en La Matanza. A posterior se mudó a la provincia de Salta, donde vivió un tiempo y en dónde cambio su domicilio. Tiempo después volvió a Bs. As. Donde vivió un tiempo en la que era su casa, pero no cambio el domicilio y luego falleció en Capital Federal, ya que se encontraba haciendo un tramitamiento por una enfermedad. Les formulo la pregunta: Donde corresponde iniciar el sucesorio?
Entiendo que es el último domicilio es en La Matanza. En donde vivía inicialmente. Puedo iniciarlo ahí? En caso de ser así, los bienes los denunció todos en el mismo expediente y que el de Merlo sea tramitado allí?
Desde ya, muchas gracias!!!
Entiendo que es el último domicilio es en La Matanza. En donde vivía inicialmente. Puedo iniciarlo ahí? En caso de ser así, los bienes los denunció todos en el mismo expediente y que el de Merlo sea tramitado allí?
Desde ya, muchas gracias!!!