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 #1474168  por lia
 
Buen día, quería consultar lo siguiente, en caso de fallecimiento de un empleado de una empresa cuales son los pasos a seguir para efectuar el reclamo de la indemnización? Entiendo que para el pago no hace falta la declaratoria de herederos, basta con acreditar el vinculo, de todas maneras ya inicie la sucesión. Pero los empleadores aun no abonaron la indemnización, existe algún plazo legal para hacerlo?
Muchas gracias!
 #1474274  por ClaudioFer
 
El plazo para el pago es el establecido en el art. 255 bis de la LCT:
“El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artículo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral”.