Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • GRUPO TORRES - Laboratorio de estrategia

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.

 #147253  por matiassergio
 
Eso es un punto intermedio del que hablo, podemos pedir que nos paguen un resarcimiento y ademas abonen las costas del mediador hasta ofrecer solo pagar los $1500 de la segunda deuda y cancelar el saldo restante mas los intereses y las costas de la mediadora con el perjuicio causado por la retencion.

Cualquier opcion esta bien, la idea aca es despues continuar con el pleito. Saludos

Por cierto, hoy yo no voy a poder estar conectado a las 21 hs para "asistir" a la audiencia de mediacion dado que tengo una clase. Alguno de los que presencien la mediacion podria copiar toda la conversacion, pegarla en un archivo de Word y subirla al foro asi la leemos los que no pudimos participar?

Quien puede confirmar su asistencia?

 #147255  por mauricio198308
 
Yo también estoy en la facu a esa hora.
Quien puede representarnos en la mediación? jejejej

Antes tenemos q definir exactamente los puntos.

slds!

 #147278  por matiassergio
 
Bueno, yo lo definiria asi:

Teniendo en consideracion que el señor Barreiro ha causado perjuicios absolutamente injustificables por el monto de $3000 (lucro cesante y perdida de chance) al retener indebidamente el automovil Fiat Duna propiedad de nuestro cliente, y ademas el padecimiento moral que le hizo sufrir al impedirle hacer uso de su principal medio de obtencion de recursos para subsistir solicitamos por ser lo mas adecuado:

- Que se produzca una disminucion en el precio del arreglo del Fiat Duna al monto de $1000, incluido intereses.

- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.

- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.

- Que el Sr. Barreiro abone las costas de la mediacion.

En caso de no aceptarse estas condiciones, se procedera a hacer el correspondiente reclamo judicial civil y penal.

 #147497  por drgallegol
 
matiassergio escribió:Bueno, yo lo definiria asi:

Teniendo en consideracion que el señor Barreiro ha causado perjuicios absolutamente injustificables por el monto de $3000 (lucro cesante y perdida de chance) al retener indebidamente el automovil Fiat Duna propiedad de nuestro cliente, y ademas el padecimiento moral que le hizo sufrir al impedirle hacer uso de su principal medio de obtencion de recursos para subsistir solicitamos por ser lo mas adecuado:

- Que se produzca una disminucion en el precio del arreglo del Fiat Duna al monto de $1000, incluido intereses.

- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.

- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.

- Que el Sr. Barreiro abone las costas de la mediacion.

En caso de no aceptarse estas condiciones, se procedera a hacer el correspondiente reclamo judicial civil y penal.
Me parece bien como posición inicial...ahora bien, tenemos que tener una posición "blanda", es decir:

- Aceptar el pago de la deuda del Duna en $ 1500.
- Las costas por su orden.

Los otros dos puntos no los negociamos.

¿Que les parece?

Saludos

 #147521  por mauricio198308
 
De acuerdo con gallegol.
Vamos a dar un margen. Pagamos $1500 por el arreglo que reconocemos.
Si está bien documentada la 1era deuda la compensamos con el lucro cesante y los daños provenientes del derecho de retención mal ejercido.
Costas de la mediación a cargo de Barreiro.

Luego, en un eventual proceso, vamos con todo.

Falta determinar quien nos va a representar en la mediación ya que matias y yo tenemos facu :P
jajajajaa


Slds!
Mauricio

 #147549  por drgallegol
 
Por lo que vi en el otro hilo, salimos a las 23 hs, supongo que a esa hora estara matiassergio disponible, igual yo creo voy a estar...

Mauricio, por ahi me expresé mal, las dos posiciones que tendriamos que llevar son:

1era: posición inicial, "dura":
- Que se produzca una disminucion en el precio del arreglo del Fiat Duna al monto de $1000, incluido intereses.

- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.

- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.

- Que el Sr. Barreiro abone las costas de la mediacion.

2da: posición negociadora, "blanda":

- Aceptar el pago de la deuda del Duna en $ 1500.
- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.
- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.
- Las costas por su orden.

¿Es asi verdad?

 #147613  por klaudia7
 
Por medio de la presente me notifico del cambio de horario el cual se hará a las 23:00 hs.
Se solicita que POR FAVOR hayan cenado con anticipación.
Se acuerda con la 1/2 hora de espera, no más, los que aún no pasaron el MSN por favor hacerlo solo por MP.
Los saludos muy atte, al grupo Torres y Barreiro.
Klaudia.

 #147649  por _Sandra_C.
 
Ya envié mi msn a Klaudia
Agreguenme si se puede
Pero no creo que yo hable mucho, :roll:

 #147710  por mauricio198308
 
Animo Sandra, casi todos somos estudiantes :P

slds!

 #147711  por matiassergio
 
Colegas, les recuerdo:

Ofrecimiento inicial:
- Que se produzca una disminucion en el precio del arreglo del Fiat Duna al monto de $1000, incluido intereses.

- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.

- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.

- Que el Sr. Barreiro abone las costas de la mediacion.


Y lo mas "flexibles" que podemos ser:
- Aceptar el pago de la deuda del Duna en $ 1500.
- Que se restituya inmediatamente el automovil que esta siendo retenido por el Sr. Barreiro.
- Que se deje sin efecto, si acaso existe, la deuda por el Peugeot, compensando tanto este monto, como la disminucion del monto del 2do arreglo, con los perjuicios que deberian ser abonados por el Sr. Barreiro en caso contrario.
- Las costas por su orden.
Por cierto, omitamos dar mas informacion de la necesaria, asi la contraparte no puede valerse de pruebas que mas adelante puedan llegar a perjudicarnos.

 #148335  por matiassergio
 
Bueno grupo, como habran visto en el principal, no hubo acuerdo.

Como sensacion, tanto al drgallegol como a mi, nos dio la impresion que estuvimos mas preparados que la contraparte, asi que si actuamos tal como lo venimos haciendo hasta ahora vamos a poder presentar argumentos, pruebas y actos judiciales mas que convincentes.

Ideas para la demanda?

Por mi parte propongo basarnos en retencion indebida, imposibilidad de aumentar desmedidamente el presupuesto que nos ha otorgado (voy a ver bien todo lo pertinente a la locacion de obras), daños y perjuicios, lucro cesante, perdida de chance e inclusive podemos evaluar solicitar daño moral (despues voy a explicar bien este supuesto).
De momento es lo que se ocurre, ya voy a pensar en el caso mas detenidamente cuando me vuelva a andar la Pc (espero que mañana).

Saludos

 #148337  por matiassergio
 
Bueno grupo, como habran visto en el principal, no hubo acuerdo.

Como sensacion, tanto al drgallegol como a mi, nos dio la impresion que estuvimos mas preparados que la contraparte, asi que si actuamos tal como lo venimos haciendo hasta ahora vamos a poder presentar argumentos, pruebas y actos judiciales mas que convincentes.

Ideas para la demanda?

Por mi parte propongo basarnos en retencion indebida, imposibilidad de aumentar desmedidamente el presupuesto que nos ha otorgado (voy a ver bien todo lo pertinente a la locacion de obras), daños y perjuicios, lucro cesante, perdida de chance e inclusive podemos evaluar solicitar daño moral (despues voy a explicar bien este supuesto).
De momento es lo que se ocurre, ya voy a pensar en el caso mas detenidamente cuando me vuelva a andar la Pc (espero que mañana).

Saludos

 #148461  por drgallegol
 
Estimados, aqui tres sumarios mas que interesantes acerca de la locación de obra. El último es para que tengamos muy en cuenta el tema de la fundamentación del daño moral (si vamos a pedir el mismo):

000000166
LOCACION DE OBRA Y SERVICIOS. DERECHO DE RETENCION

Tres condiciones son necesarias para el derecho de retención: 1-
Posesión de la cosa de otro; 2- obligación de parte del propietario respecto
del poseedor; 3- Conexión entre la cosa retenida y el crédito del que la
retiene.
Con referencia al caso de la locación de obra, la jurisprudencia ha
reconocido el derecho de retención al constructor sobre el edificio en el que
efectuó obras de refacción.


Pampa y Conesa S.R.L. c/Jorge Luís Lentini S.R.L.
s/Acción meramente declarativa
15/04/88

C. 035298

Civil - Sala 5

000001290
LOCACION DE OBRA Y DE SERVICIOS. PRUEBA DEL CONTRATO.

1- La ley no exige una forma determinada para el contrato de locación
de obra, los interesados pueden usar de la que crean conveniente para
celebrarlo, y cualquiera produce efectos con tal que la existencia del convenio
pueda ser debidamente probada.
2- El contrato de locación de obra está sometido a la limitación del
derecho común en cuanto a la prueba testimonial (conf.art. 1193 del C.C.)),
pero dicha prohibición no es absoluta cuando se trata de probar no el contrato
mismo, sino los hechos que al exteriorizar la actuación de las partes ponen de
manifiesto que ha existido un acuerdo de voluntades en cuyo caso todos los
medios de prueba son admisibles.



GARRELL
Mayoria.

DIEGUEZ, Oscar c/COLPA S.A. s/ORDINARIO
6/06/91

C. 076410

Civil - Sala H

DAÑO MORAL. LOCACION DE OBRA. DEMANDA. MENCION DEL ART. 522, CODIGO
CIVIL. INADMISIBILIDAD DE LAS PETICIONES IMPLICITAS O GENERICAS.
RECHAZO. FICHA N° 5634.

SI BIEN LOS ACTORES AL MENCIONAR LAS NORMAS LEGALES EN QUE SUSTENTABAN SUS
PRETENSIONES MENCIONARON EL ART. 522 DEL CODIGO CIVIL, ELLO NO ES SUFICIENT
E
PARA ACORDAR EL ALUDIDO RESARCIMIENTO. AFIRMA PALACIO QUE, CON ARREGLO A LO

DISPUESTO EN EL ART. 330, INCS. 3° Y 6°, DEL CODIGO PROCESAL, SON INADMISIBLES LAS PETICIONES IMPLICITAS O GENERICAS (PALACIO, LINO E.; DERECHO PROCESAL
CIVIL, ED. ABELEDO-PERROT, T. IV, N° 385, P. 294). MAS ADELANTE AÑADE QUE LA DEMANDA DEBE CONTENER "UNA EXPOSICION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS
CONFIGURATIVOS DE LA RELACION JURIDICA EN QUE SE FUNDA LA PRETENSION"
PUES
EL
JUEZ SOLO PUEDE HACER MERITO DE LOS HECHOS ALEGADOS POR LAS PARTES (ART. 16
3,
INC. 3°, COD. CIT.) Y AL DEMANDADO LE INCUMBE LA CARGA DE RECONOCERLOS O
NEGARLOS CATEGORICAMENTE (ART. 356, INC. 1°, IDEM) (OP. CIT., PS. 294/95).
POR
TANTO, NO DEBE HACERSE LUGAR AL AGRAVIO Y REVOCARSE LA SENTENCIA EN CUANTO
CONDENO POR DAÑO MORAL A LOS CODEMANDADOS.#


AMADEO

RINALDI, NESTOR HUGO Y OTROS C/BANCO HIPOTECARIO NACIONAL Y/O ALMAGRO
CONSTRUCCIONES S.A. S/ INC. DE CONTRATO-DAÑOS Y PERJUICIOS Y ACUMULADOS.
CAUSA N° 8071.
12/02/93

CAMARA CIVCOMFED:3

Ficha Nro.: 5634

TEMA: DAÑO MORAL

 #148468  por Sailaw
 
Si bien el plazo de presentar la demanda es hasta el lunes que viene, sería interesante, para darle más agilidad al juego, la presentación antes de ese plazo, hago pedido sin que sea obligación, y es para entrar cuanto antes en el proceso.
  • 1
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 16