Hola, en el caso que consulto voy por el demandado, la demanda inició la abuela materna, el menor fue victima de violencia por su madre y mi cliente la denuncio y ahora el niño esta con él hasta que se haga pericial psicológica al menor, la abuela inicia demanda de regimen de comunicación, va al mismo juzg de la violencia, como incidente....contestamos demanda se ofrece prueba ... se abre a prueba por 10 dias, en el mismo proveído se fija una audiencia para febrero 2024 conforme art 181 cpccn, esto me confunde.
la consulta es: le doy traslado de la documental conforme se ordenó y pido se provean las pruebas ofrecidas por mi parte, ya que me confunde el art 181 .....porque dice a la audiencia deben concurrir las partes y sus letrados. Espero algúna ayuda .
la consulta es: le doy traslado de la documental conforme se ordenó y pido se provean las pruebas ofrecidas por mi parte, ya que me confunde el art 181 .....porque dice a la audiencia deben concurrir las partes y sus letrados. Espero algúna ayuda .