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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1481922  por lasflores
 
Buenas tardes, voy a preguntar algo que quizàs es muy bàsico. Yo creia que la pensiòn de PBU procedia sòlo cuando el causante ya estaba jubilado. Resulta que tuve un caso de pensiòn de afiliado en actividad al que le liquidaron el 70% del promedio de sueldos, pero ese promedio lo calcularon pèsimo y daba la mitad del promedio real.
Especificamente los 60 sueldos actualizados eran de $ 120.000 y el promedio era $ 60.000.
Presentamos error material, el cual rechazaron y luego recurso a la CARRS. La CARRS salio favorable pero resolvieron que como el causante tenia 30 años de servicios y la edad corresponde liquidar como pensiòn de PBU.
Me parece muy injusto porque por tener mas aportes cobra menos que si no reuniera los 30 años de servicios.
Esto es correcto?
Saludos
 #1481923  por lasflores
 
Entiendo que se aplica el Art 98 inc 2 y art 97. Es decir, que si el causante no estaba jubilado siempre se calcula como un RTI y no como una jubilaciòn ordinaria aunque reuniera los 65 años y 30 de aportes.
O estoy equivocada?
Gracias!
 #1481925  por lucky
 
Si el causante tenía al fallecer la edad y los aportes para jubilarse, se aplica el art. 34 bis inciso 5 de la ley 24241.
Es una pensión "sui géneris". Anses la caratula como "directa" pero la liquida como "derivada".
Primero calcula lo que hubiese cobrado de jubilación el causante en base a los últimos 120 sueldos.
Y de eso le paga el 70% a la pensionada.
Sería una pensión de PBU.
Sin embargo, Anses a veces suele liquidarla mal.
 #1481933  por lasflores
 
Estoy viendo que el hombre reunia los 30 años de aportes pero tenia 63 de edad, asi que no deberia haberse liquidado de esa manera.
Mil gracias!
 #1481934  por lucky
 
En ese caso es claramente pensión directa.