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  • NECESITO UN MODELO DE ESCRITO BAJO INSISTENCIA PARA INICIAR PENSION DIRECTA POR LEY 27705

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1482179  por lucky
 
En este caso el inicio solo procedería si el turno fue sacado antes del 23 de marzo.
Es una nota simple. No hay que darle muchas vueltas.

Pego la Circular que se refiere al inicio "bajo insistencia".

Circular 17/05 - ANSeS (GP)

Iniciación del trámite de prestaciones previsionales bajo insistencia del titular o apoderado. Documentación faltante. Su caratulación y resolución.

Bs. As., 19/04/05

I. Objetivo:

La presente Circular tiene por finalidad instruir a las Jefaturas de UDAI respecto a la iniciación de prestaciones previsionales bajo insistencia del titular o de su apoderado cuando no se ha presentado en forma completa la documentación requerida.

II. Consideraciones generales y pautas aplicables:

1. El decreto 722/96 dispone que en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, serán de aplicación únicamente los procedimientos establecidos por la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 y por el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto 1.759/72 (t.o. 1991).

2. Conforme el art. 3º del Anexo I del Decreto 1.759/72, reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549, el trámite administrativo podrá iniciarse a petición de cualquier persona física que invoque un derecho subjetivo o un interés legítimo.

3. Asimismo, el art. 5º, inc. d) del Anexo I del citado decreto reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 prescribe que el órgano competente dirigirá el procedimiento procurando señalar, antes de dar trámite a cualquier petición, los defectos de que adolezca, ordenando que se subsanen de oficio o por el interesado dentro del plazo razonable que se fije.

4. En caso que el defecto resultare subsanable de oficio por esta Administración Nacional sin que ello cause un gravamen irreparable para la parte interesada, procede no obstante el pedido de iniciación por insistencia, caratular la documentación presentada mediante el código de trámite del SGT, que corresponda al tipo de beneficio impetrado, imprimiendo el trámite de rigor y dictando la pertinente resolución que otorgue o deniegue el mismo.

5. Si el defecto que adolezca por su importancia impida la tramitación del trámite conforme a la legislación y las normas de procedimiento aplicables, y a pesar de la comunicación oportuna cursada por la UDAI mediante el formulario de práctica, la parte interesada insista en la iniciación del trámite, se caratulará el mismo como Actuación (Trámite 500) dictándose la resolución cuyo modelo se acompaña como Anexo.
 #1482180  por MARIO1943
 
SI NO INICIASTES ANTES DEL VENCIMIENTO DE LA MORATORIA 27705,LAS CUALES FUERON ENVIADAS A TRAMITES COMPLEJOS, ENTIENDO A QUE HABRIA QUE INTIMAR A LA REGLAMENTACION EN CUANTO A LAS PENSIONES

ANSES PREV-16-24-2019 Inicio Bajo Insistencia

https://es.scribd.com/document/74365306 ... nsistencia

PARA INTIMAR A QUE SE REGLAMENTE LA LEY 27705 EN CUANTO A LAS PENSIONES

https://www.google.com/search?client=fi ... +LEY+27705
 #1482208  por MARIO1943
 
DE ACUERDO A LOS DATOS BRINDADOS, NO SE PARA QUE INICIARLO BAJO INSISTENCIA, EL MISMO SE HACE CUANDO NO TE QUIEREN INICIAR EL EXPEDIENTE, SI TENES TURNO , EL EXPEDIENTE TE LO VAN A INICIAR Y TE LO VAN A MANDAR A TRAMITES COMPLEJO TAL CUAL LO DIJE ANTERIORMENTE Y AHI VA A MORIR A QUE SE DIGNEN A REGLAMENTAR LA MISMA, SI TE DEMORAN EN EXPEDIRSE AHI SI TENES QUE QUE HACER UNA INTIMACION CON C/D AL ANSES QUE TE INICIO EL EXPEDIENTE CON COPIA AL TITULAR DEL ANSES PARA QUE SE REGLAMENTE EL ARTIC. QUE SE REFIERE A PENSIONES Y LUEGO DE ACUERDO A LA RESPUESTA HAY QUE JUDICIARLO MEDIANTE AMPARO CON MEDIDA CAUTELAR ,