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 #1483410  por adrianne
 
Buenas tardes necesito ver si nos pueden ayudar con esto. Tenemos un laboral ganado en capital. Se hizo la liquidación del art 132 se nos notifico a todos. La empresa demandada única condenada está en quiebra. La quiebra tramita en Sta Fe. En su momento habiamos con el sindico e hicimos una liquidación provisoria y pedimos reserva de fondos en la quiebra. Ahora tiene q pagar . Todos los abogados renunciaron en el expte eran los abogados de las personas fisicas q no fueron condenadas asi q solo queda el sindico en sta fe por la empresa demandada. La consulta es si solo presentamos esta liquidacion q esta firme y pedimos se le notifique y transfiera los fondos y cuanto podria tardar esto. Gracias
 #1483444  por legalescom
 
No soy laboralista, pero, te diría que lo intestes. Lo del tiempo, que podría tardar, es harina de otro costal. Soy de Buenos Aires, no sé, de la pachorra, o no, de los santafesinos.