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  • COMODATO AUTOMOVIL

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 #150889  por toto
 
Imagino que identificando el vehículo correctamente no hay ningún problema a que se celebre este contrato no? siempre vi comodatos de inmuebles pero no veo cual podría ser el problema para hacerlo de automoviles, es decir bienes muebles. Modifico un modelo del de inmuebles y listo.

Alguna opinión?

 #150900  por ramblernauta
 
Entiendo que lo podes inscribir en el Reg. de la Prop. Automotor como mero tenedor. De otro modo el titular seguirá siendo el responsable por los daños que se puedan causar con el vehículo, claro que con derecho a repetir lo pago del comodatario (si es que para ese momento es solvente).

 #150902  por Sailaw
 
Si respecto de la responsabilidad objetiva sigue siendo el titular de dominio el principal responsable, lo que se puede hacer es sacar un seguro bueno respecto de 3ros, y destrucción total o parcial.

Respecto del manejo, se saca una cedula azul, que autorice al manejo al comodatario.

 #150905  por ramblernauta
 
Coincido en lo que dice Sailaw. Pero insisto en que con ese proceder no se evita completamente la responsabilidad del titular.
Pueden acontecer distintas circunstancias como no pagar el seguro, que la Cía. de seguros quiebre, etc...
Entiendo que con la inscripción del contrato el titular dejaría de ser legitimado pasivo de reclamo alguno en caso de un ilícito causado con el vehículo.