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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #151703  por PAOLALM
 
Hola chicos!! Les cuento, teno un caso de un despido indiecto en capital, estoy por pedir la conciliación, y mi cliente es una persona mayor, que me ha solicitado no asistir a la audiencia paa las negociaciones. Quisiera saber si para poder representarlo como apoderada, debo hacer el poder mediante la camara, o con la carta poder del SECLO es suficiente?

 #151709  por klaudia7
 
Hola Paola, con la carta poder del SECLO es suficiente, tené en cuenta de llegar a un acuerdo tu cliente va a tener que ir a firmar el acta.

 #151713  por PAOLALM
 
klaudia7 escribió:Hola Paola, con la carta poder del SECLO es suficiente, tené en cuenta de llegar a un acuerdo tu cliente va a tener que ir a firmar el acta.
Muchas gracias Klaudia, ya le habia anticipado a mi cliente, que se iba a tener que presentar si llegabamos a un arreglo.

 #151770  por PAIDEIA
 
Todo depende del conciliador. Te cuento mi experiencia en un caso yo representé a mi cliente con el Poder que firmó ante la Cámara del Trabajo, llegamos a un acuerdo en la audiencia de conciliación y mi cliente lo ratificó mediante TCL obrero (los gratuitos) y el Ministerio lo homologó. El nunca fue a las audiencias porque se había mudado pasando La Plata. Obvio que a la audiencia de pago tuvo que ir en persona.
Sé que hay algunos conciliadores más exigentes y solicitan la comparecencia del trabajador porque al representante legal de una empresa difícil que lo hagan comparecer, no?
Suerte!!!
 #151902  por patounzue
 
PAOLALM escribió:Hola chicos!! Les cuento, teno un caso de un despido indiecto en capital, estoy por pedir la conciliación, y mi cliente es una persona mayor, que me ha solicitado no asistir a la audiencia paa las negociaciones. Quisiera saber si para poder representarlo como apoderada, debo hacer el poder mediante la camara, o con la carta poder del SECLO es suficiente?
La requerida puede oponerse a que el procedimiento se lleve a cabo si el trabajador no se presenta, ya que la ley requiere que comparezca personalmente.

Imagen

 #152140  por akademico
 
comparto con patounzue, me paso varias veces que el conciliador me pedi una segunda audiencia por que no admite el poder, desde entonces hago ir siempre a mi cliente, salvo que sea apoderado de la empresa que nunca tuve problema. saludos