En un boleto de cesion de derechos sobre un inmueble ( no hay escritura del vendedor). se entrego cierta suma como principio de jecucion y se pacto el resto en cuotas. Ya se entrego la posesion. Pero pagaron 2 cuotas y no pagaron mas. en el boleto de cesion se establecio que si la cesionaria no cumplia con su obligacion se podria reclamar lo adeudado mas daños y perjuicios y demas o declarar resuleto el contrato.
En caso de optar mi cliente por la segunda opcion, atento la mora del deudor, el dinero que recibio no tendria que restituirlo verdad.
en el boleto se establecio que lo entregado quedaria para el cedente en concepto de indemnizacion punitoria.
espero me puedan ayudar.
En caso de optar mi cliente por la segunda opcion, atento la mora del deudor, el dinero que recibio no tendria que restituirlo verdad.
en el boleto se establecio que lo entregado quedaria para el cedente en concepto de indemnizacion punitoria.
espero me puedan ayudar.
cordiales saludos.
Fernando
Fernando