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 #155019  por polig
 
Hola a todos.

Escribo porque estoy adentrandome en el ejercicio de la profesión y tengo una duda, que para muchos parecerá una tontera, pero a mi me genera confusión.

Un juzgado de provincia mando un exhorto a un juzgado de capital y lo envio por carta documento, que supuestamente (según el juzgado de capital) nunca llego.

Para averiguar sobre quién recibió la carta en el juzgado de acá, el juzgado de provincia, liberó un oficio al correo central para que informe sobre este tema y yo soy uno de los abogados autorizados.

Ahora mi pregunta es, cuando presento el oficio en el correo central, me pueden brindar la información ahí o se la deben remitir sí o sí al juzgado ?

Espero que puedan ayudarme, gracias!

 #155023  por borshis
 
Si presentás un oficio, el Correo le va a remitir al Juzgado correspondiente el informe. Esa info no te la dan en el momento.
Tienen un plazo, tal lo establece el código procesal. Plazo 20 días, si es una oficina pública.

 #155066  por polig
 
Es lo que tenía entendido, pero como el oficio no establece el plazo para la contestación, pensé que podía existir un trámite distinto.

Muchas gracias!

 #155223  por pitu
 
perdon pero el plazo para contestar oficios , ya sea de entidades publicas o privadas , no son 10 días ???

 #155227  por Sailaw
 
Art. 398 CPCC 10 dias habiles

 #155255  por borshis
 
Si lo que uds dicen es cierto, pero eso es en Capital...luego de la modificación del código.
Si no leí mal, el consultante dijo que su causa tramita en provincia de Bs As, en este caso el Código Procesal de la pcia establece en su art. 396 que: ...Las oficinas públicas deberán contestar el pedido de informes o remitir el expte dentro de veinte días hábiles y las entidades privadas dentro de diez, salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiere fijado otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o de circunstancias especiales.
El Correo Argentino ahora es nuevamente estatal, por ende debería contestar dentro de los 20 días.