Buenos dias!! Les cuento que me vino a ver un cliente que es remisero y le rescindieron la relacion laboral (en negro desde hace 15 años!!!) verbalmente. Estuve viendo que el convevio colectivo de remiseros solo esta para algunos partidos de la provincia de Bs As (yo estoy en CBA), entonces donde lo encuadro??? Me puse a ver en choferes de transporte publico y encontre una ley Nº Ley 12.867. ESTATUTO DE TRABAJO DE CHOFERES PROFESIONALES. Mi gran pregunta es esta ley es anterior a la 20744/ 24013 , etc entonces las complementa?? Porque regula algunos items especificos pero no el tema del despido sin causa, mas que cual sera el salario para el calculo. Si en el telegrama laboral no se menciono esta ley...afecta en algo?? Ultima preguntita para hacer la planilla que salario tomo como referencia?? Digo porque si no hay convenio no hay escala salarial...pero este hombre cobraba $40 por dia y trabajaba mas de 12 hs diarias... Como veran no soy laboralista!!!
Gracias!!!!
Gracias!!!!