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  • cuál es el porcentaje que hay que pagar por ingresos brutos?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.

 #172432  por feli07
 
Naty: es 3,5 %. Saludos :D
 #251816  por GABRILITAIURIS
 
hola! se paga sobre lo que regula el juez o sobre lo que se pacta con el cliente,yo x ejemplo pacte $ 2000 x un divorcio de un amigo.
otra,alguen me puede explicar QUE se debe cobrar en concepto de gastos(tasa de justcia,sobretasa,aportes) con respescto a aportes,estoy leyendo que hablan de aportes de $35 ,despues 10 % ,pero sobre que???
necesitaria que alguien me haga un detalle de estos gastos,por favor!!!!gracias miles!!!!
 #251914  por feli07
 
GABRILITAIURIS escribió:hola! se paga sobre lo que regula el juez o sobre lo que se pacta con el cliente,yo x ejemplo pacte $ 2000 x un divorcio de un amigo.
otra,alguen me puede explicar QUE se debe cobrar en concepto de gastos(tasa de justcia,sobretasa,aportes) con respescto a aportes,estoy leyendo que hablan de aportes de $35 ,despues 10 % ,pero sobre que???
necesitaria que alguien me haga un detalle de estos gastos,por favor!!!!gracias miles!!!!
Se paga sobre lo que regula el juez. Los gastos para un divorcio s/ bienes en pcia de bs. as. son:
-anticipo jus: $ 35
-bono: $18
- Tasa de Justicia: $ 50
- Sobretasa: $ 5
Aportes sobre honorarios regulados: 10% a cargo del letrado, 10% a cargo de la parte y 3,5 % por ingresos brutos.
Espero que te sirva. Saludos!
 #251974  por Rossana
 
sE PAGA UNA VEZ QUE TE REGULAN. Acompañas la carta de pago y adjuntas los aportes y el pago de I.B. Recorda que si no lo acompañas, no te ordenan la orden de inscripcion, ej divorcio, sucesiones, etc. Y recorda tambien que en tus presentaciones mensuales de I.B deberas denunciar lo que cobraste como honorarios y el pago que realizaste, detallando en el programa fecha de pago, importe, lugar de pago, etc.
 #251975  por feli07
 
GABRILITAIURIS escribió:te pregunto : el 10 % de cada parte y el 3, 5 de ingresos brutos ,se abona al finalizar el juicio verdad? ya que estamos hablando de honorarios regulados... :oops: