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  • EJECUCIí“N DE PAGARí‰

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 #168801  por tribunal
 
ESTIMADOS COLEGAS: AL PARECER, ESTOY PUBLICANDO UNA HISTORIA CON VARIOS CAPÍTULOS. ¿SE ACUERDAN DEL TEMA DEL AUTOMOTOR CON EL MOTOR ADULTERADO?.-
ESTA VEZ VERSA SOBRE LA EJECUCIÓN DE UN PAGARÉ.-
LA COSA ES ASÍ: MI CLIENTE HABÍA FIRMADO UN ANTERIOR BOLETO DE COMPRAVENTA POR OTRO AUTOMÓVIL, Y TAMBIÉN FIRMÓ UN PAGARÉ.-
COMO EL AUTO NO CUMPLÍA LO REQUERIDO POR MI CLIENTE, DESHICIERON LA OPERACIÓN, Y EL QUE LE VENDIÓ EL AUTO ROMPIÓ EL BOLETO DE COMPRAVENTA, Y LE DIJO AL INOCENTE DE MI CLIENTE QUE IBA A ROMPER TAMBIÉN EL PAGARÉ. MI CLIENTE, CONFIANDO EN LA PALABRA DEL TIPO, ACEPTÓ ESA SITUACIÓN.-
EL PROBLEMA ES QUE LUEGO DE DOS AÑOS, APARECE UNA PERSONA EJECUTANDO UN PAGARÉ DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS AL QUE SUPUESTAMENTE HABÍAN ROTO.-
SIN EMBARGO, LA FIRMA QUE APARECE EN EL DOCUMENTO ES UN TANTO APÓCRIFA, YA QUE NO COINCIDE CON EL ESTILO GENERAL DE LA FIRMA DE MI CLIENTE, ADEMÁS DE QUE LA GRAFÍA DE LOS NÚMEROS DEL DNI QUE APARECE EN EL DOCUMENTO NO COINCIDE CON LA GRAFÍA DE MI CLIENTE, Y COMO CEREZA DEL POSTRE EL Nº DE DNI NO COINCIDE CON EL DE MI CLIENTE POR UNA CIFRA, EN VEZ DE 9 FIGURA 7, TANTO EN EL DOCUMENTO COMO EN LA DEMANDA.-
LLAMATIVAMENTE, LA LETRA CON QUE LLENARON EL PAGARÉ ES LA LETRA DEL VENDEDOR, HASTA EL NOMBRE DEL EJECUTANTE.-
AHORA BIEN, YO PIENSO ATACAR EL INSTRUMENTO POR LA CONSABIDA FALSEDAD DE TÍTULO, AL ESTAR ADULTERADA LA FIRMA Y LA GRAFÍA DE MI CLIENTE, PARA DE ESA MANERA FRENAR EL PROCESO EJECUTIVO.-
POR LA VÍA PENAL, DENUNCIARÍA LA ADULTERACIÓN Y PEDIRÍA LA INVESTIGACIÓN PARA ESTABLECER ILÍCITO, PARA QUE EL EJECUTANTE DECLARE EL MOTIVO POR EL QUE TIENE ESE PAGARÉ, QUIEN SE LO ENTREGÓ, ETC., SINDICÁNDOLO COMO EL SUPUESTO RESPONSABLE DE LA ADULTERACIÓN. DESDE EL FUERO PENAL SOLICITARÉ EL SECUESTRO DEL INSTRUMENTO O DEL EXPEDIENTE PARA ESTABLECER EL ILÍCITO Y USARÉ LA LITISPENDENCIA EN EL FUERO PENAL PARA COMPLICAR MÁS LA EJECUCIÓN... ADEMÁS DE LAS RECUSACIONES SIN CAUSA QUE PIENSO PLANTEAR, PARA QUE COBRE EL DÍA DEL ARQUERO (SI ES QUE LLEGA A COBRAR).-
MI CLIENTE ESTÁ COMPLETAMENTE SEGURO DE QUE ESA NO ES SU FIRMA NI SUS NÚMEROS.-
COMO SIEMPRE, ESPERO SUS VALIOSAS CONTRIBUCIONES, OPINIONES Y CRÍTICAS. DESDE YA, MUCHAS GRACIAS A TODOS (INCLUSIVE A LOS QUE CRITICAN Y A LOS QUE SOLO LEEN, JEJE)

 #168816  por Tiziano
 
De mi parte amigo...no hay mucho más que agregar, lo tenés bien planteado el asunto...ahora , tu cliente está meado por un elefante...jajaja.
 #168819  por tribunal
 
ENTONCES ESTAS DE ACUERDO CON LA ESTRATEGIA. ¿O PROPONÉS OTRA COSA?.-

 #168823  por Tiziano
 
Estoy de acuerdo con tu estratégia, solo dos cosas...estimo que si está incoada la acción el plazo de pago y su respectiva prescripción deben estar en término legal...por otro lado no veo la dilación con la recusación...fuera de ello, estamos e acuerdo.
Suerte.
 #169167  por LorenaVC
 
Yo no me meteria con el tema de la grafia o el llenado del pagare, pues hay jurisprudencia y doctrina que habilita a su llenado por otra persona distinta al librador, y ello no lo torna inhabil y/o falso.
el decreto habilita la firma de pagare en blanco, obvimente con un pacto separado de completitud.
En sede penal no me meto, pues hago agua, fijate el plazo de prescripcion de la accion
 #172979  por Moniluj
 
Es el mismo cliente con el motor adulterado? entonces habitualmente o al menos, en dos oportunidades le compró autos a ese estafador. Ojo, con la otra cuestión que estaba pendiente, mirá que muchas veces los que venden cosas "truchas" tienen cliente sfijos, que no ven con tan malos ojos lo que hacen y luego, cuando les toca a ellos, reaccionan y lo quieren mandar al último calabozo.
Ahora, digo yo, tomando en cuenta el principio de literalidad (que rige en el derecho cambiario) fijate lo que podés hacer x ese lado.
Además si el nº DNI difiere con el de tu cliente, oponé falta de legitimidad pasiva, no es la persona a la que se ve, quieren demandar.
 #173152  por LorenaVC
 
Moniluj escribió:Es el mismo cliente con el motor adulterado? entonces habitualmente o al menos, en dos oportunidades le compró autos a ese estafador. Ojo, con la otra cuestión que estaba pendiente, mirá que muchas veces los que venden cosas "truchas" tienen cliente sfijos, que no ven con tan malos ojos lo que hacen y luego, cuando les toca a ellos, reaccionan y lo quieren mandar al último calabozo.
Ahora, digo yo, tomando en cuenta el principio de literalidad (que rige en el derecho cambiario) fijate lo que podés hacer x ese lado.
Además si el nº DNI difiere con el de tu cliente, oponé falta de legitimidad pasiva, no es la persona a la que se ve, quieren demandar.
pero guarda con " error de tipeo"
 #174301  por tribunal
 
ESTIMADOS COLEGAS: CUALQUIERA PODRÍA DECIR QUE SE TRATA DE UN ERROR DE TIPEO, PERO EL ASUNTO ES QUE EL ERROR DE TIPEO SE ENCUENTRA EN EL CUERPO DEL PAGARÉ Y EN LA DEMANDA MISMA. NO CREO QUE SE COMETAN DOS VECES EL MISMO ERROR.-
ADEMÁS, ANTE EL ARGUMENTO DE QUE MI MANDANTE PUEDA HABER COLOCADO FALSAMENTE SU NÚMERO DE DNI PARA DESPUES OPONER FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA, QUEDA DESVIRTUADO POR CUANTO ESOS NÚMEROS NO CORRESPONDEN A MI MANDANTE. ERGO, QUIERO DECIR QUE EL QUE SE EQUIVOCÓ ES EL QUE LLENÓ ABUSIVAMENTE EL PAGARÉ, Y LUEGO TRASLADÓ ESE ERROR A LA DEMANDA.-
LO QUE HICE AL FINAL ES LO SIGUIENTE:
*FALSEDAD DE TÍTULO.-
*INHABILIDAD DE TÍTULO.-
*FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA: EN LA DEMANDA NO HAY DATOS SUFICIENTES PARA IDENTIFICAR CORRECTAMENTE AL ACTOR, SOLAMENTE PONE SU NOMBRE Y DOMICILIO, Y NO AGREGA SU NACIONALIDAD, SU PROFESIÓN NI SU Nº DE DNI. LA ÚNICA PERSONA QUE FIGURA CON ESE NOMBRE EN LOS PADRONES DE LA PROVINCIA NO CORRESPONDE A LA QUE EJECUTA EL PAGARÉ (YO CONOZCO AL EJECUTANTE, Y NO ES QUIEN DICE SER EN LA DEMANDA).-
*FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA: ADHIRIENDO A LO QUE DICE MONILUJ.-
*CAUTELAR DE NO INNOVAR: HASTA QUE NO SE RESUELVA LA CUESTIÓN PENAL QUE INICIÉ PARA DEMOSTRAR LA FALSEDAD DEL TÍTULO, QUE CAUSARÍA ESTADO RESPECTO A LO CIVIL.-
*PRUEBAS PERICIALES: PARA DETERMINAR LA AUTORÍA O NO DE MI MANDANTE SOBRE LA FIRMA INSERTA; DETERMINAR QUIEN HIZO LA FIRMA; SI COINCIDE CON LA PERSONA QUE LLENÓ EL PAGARÉ; SI ESA PERSONA ES EL QUE LE VENDIÓ EL AUTO A MI MANDANTE.-
LAS LETRAS DEL PAGARÉ SON EXACTAS A LAS QUE FIGURAN EN EL BOLETO DE COMPRAVENTA (QUE ADJUNTÉ A LA CAUSA), DEMOSTRANDO CON ELLO QUE FUE EL VENDEDOR DEL AUTO QUIEN LLENÓ EL PAGARÉ EN CONNIVENCIA Y FRAUDULENCIA CON EL EJECUTANTE Y SU LETRADO. ¿QUE PERSIGO CON ELLO? ARRASTRAR AL VENDEDOR A LA CAUSA ORDINARIA, Y BLOQUEAR AÚN MÁS EL EJECUTIVO CON LA EXISTENCIA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS Y LA EXISTENCIA DE LITISPENDENCIA CON RESPECTO A UN ORDINARIO. EN POCAS PALABRAS, SI LLEGA A COBRAR ALGÚN DÍA, SERÁ PARA EL´DÍA DEL ARQUERO.-
MUCHOS VAN A DECIR QUE NO SE PUEDEN HACER VARIAS DE ESTAS COSAS EN UN EJECUTIVO, PERO MI INTENCIÓN ES EMBARRARLE DE TAL MODO LA CANCHA, QUE VA A TENER QUE RENDIRSE O NEGOCIAR. OBVIAMENTE LO HAGO PORQUE MI CLIENTE TIENE LA PLENA SEGURIDAD DE QUE ESA NO ES SU FIRMA, PERO LE ADVERTÍ DE LOS EFECTOS QUE PUEDEN OCURRIR SI RESULTA SER SU FIRMA.-
ESPERO SUS SIEMPRE BIENVENIDOS COMENTARIOS.-
 #174612  por Moniluj
 
[Yo tengo curiosidad por saber si este cliente es el mismo del problemaa con el nº de motor adulterado... Si es así, podés tener un gran caso de desbaratamiento de una banda de estafadores...