Gracias erick222 por tu respuesta, pero me podrías aclarar bien el concepto ,cuando decis los "propietarios" te referis a los demandados ,Que son los compradores - [b]No tendrías algun modelo[/b], realmente no tengo ni idea como plantearla- Como ya dije estoy en la ejecucion de la sentencia- ahora le mande una cedula al perito ingeniero que ya intervino en el juicio , porque el juez ordeno que examine y determine los daños de la casa - despues de este informe , si no lo dejan pasar , voy a pedir un acta de cosntatacion , y que vaya con un oficial de Justicia para poder cumplir la orden del juez.
Respecto a tu respuesta sabrirsre , que la denuncie como hecho nuevo, yo creia que el hecho nuevo se podia denunciar hasta la apertura a prueba , y en este caso ya tiene sentencia de 1 y 2° instancia, y realemnte no puse en la demanda lo que marcas con negrita, porque entendi que la resolucion del contrato va contra los incumplidores del contrato, en este caso los compradores, lo que si siempre remarque en la demanda y en el petitorio que reclamaba la restitucion de la casa libre de ocupantes , pero en la sentencia se estableció que los demandados debian reintegrar la casa en 60 días no dice nada de los ocupantes , que de hecho , como ya dije hasta que no vaya el oficial de Justicia sea para el informe del perito o para el lanzamiento , yo no voy a saber a ciencia cierta , si es verdad de estos ocupantes , si los demandados se fueron de la casa- gracias por las opiniones tan importantes - es mi primer juicio que llega a las sentencias y que lo gané- asi que como se imaginarán quiero entregar la cas a libre de ocupantes a los actores que son mis clientes.,