Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • sucesion con deuda por moto

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #179335  por feli07
 
Estimados colegas: traslado a este foro la parte pertinente de una consulta que ya hice en el foro laboral, por un accidente in itinere.
Una persona yendo a su trabajo en moto es atropellado por un auto y fallece. Tiene una concubina y un hijo de otra pareja de 30 años.-
La moto en la que andaba cuando sufre el accidente estaba a nombre del causante pero la había sacado en cuotas. Debe la mitad. No estaba prendada, x lo que no hay seguro de vida obligatorio (solo seguro automotor). Había firmado un pagaré sin protesto a la vista. En este caso, el hijo la heredaría pero debería pagar primero la deuda y hacer la sucesión. En el caso de que la moto este tan estropeada que no valga la pena hacer sucesión, que pasa con la deuda por el pagaré? Se la pueden exigir igual al hijo? El acreedor se puede presentar en la sucesión? Como sería?
Gracias a todos :D

 #179348  por Grays
 
Hola! El acreedor podria abrir la sucesion a fin de cobrar la deuda por la moto que ha quedado pendiente.

 #184083  por feli07
 
Bueno, la cosa se complicó. A mi cliente (unico hijo del causante soltero, único bien la moto que aun esta secuestrada en la Cría) le llegó mandamiento de intimación de pago y citación de remate. El acreedor le reclama el importe adeudado ($ 5000), lo notificaron a un vecino que vive en el frente (el vive al fondo). El mandamiento está dirigido al papá de mi cliente.
Qué hago? No contesto nada, pues mal puede estar notificado si esta muerto desde hace meses (el acreedor lo sabe pero no lo denuncio en el expte) y dejo que pase el tiempo o lo presento al hijo denunciando el fallecimiento del padre y devolviendo el mandamiento??? :?

Please!!Me vence el miércoles!!!!!Gracias!

 #184090  por leyenda
 
Estimado feli07.
Esa decisión la debés tomar vos como profesional. Vos ya sabes cuales son las dos opciones y tenes que hablarlo con tu cliente y mostrarle los posibles caminos de una y otra. Cualquiera que elijan es válida. Todo es cuestión de tiempo. Tarde o temprano deberán pagar la deuda del causante.- En realidad es solo una decisión estratégica no esencialmente jurídica.-
Te deseo suerte.

 #184096  por feli07
 
Gracias por responder. Pero mi pregunta apunta a cuál opción sería la que corresponde en derecho: no contestar o contestar que falleció? Y en todo caso, que posibles consecuencias traerían una u otra decisión???

 #185790  por evilla
 
para mi tenes que ver cuanto vale la moto, si el seguro cubrirá los gastos que se le ocasionaron, si pagas la deuda cuanto quedaria etc, y luego evaluar si conviene para actuar