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  • CONSULTA EXIMICION DE PRISION!

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 #199230  por dramarcela
 
HOLA A TODOS, EL FORO ESTA MUY BUENO. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, EN CAPITAL SI LA INVESTIGACION LA DELEGO EL JUEZ POR EL 196 AL FISCAL, LA EXIMICION DE PRISION SE LA PRESENTO AL FISCAL PIDIENDO QUE LA ELEVE AL JUEZ. O DIRECTAMENTE AL JUZGADO DE INSTRUCCION COLOCANDO NRO. CAUSA ALLI REGISTRADA POR MAS QUE ESTE EN FISCALIA EL TRAMITE DEL EXPTE. SALUDOS.

 #199430  por Dr. Neurus
 
Hola dramarcela, si Usted refiere al CPPN, lea a partir del:

TITULO II (+ o -, comienza por al artículo 209 y siguientes).
Disposiciones generales para la instrucción
Sección II

Además, lea el artículo 347 de CPPN. (En Internet, escribir con mayusculas, significa: GRITAR).

Dr. Neurus.

 #199516  por poorlaw
 
Hola dramarcela:

Me inclinaría por presentarla ante el juez delegante. Puesto que tramita en incidente por cuerda separada, y que la solicitud se pasa en vista al fiscal (CPPN, 331), pareciera que se ahorraría tiempo, ya que el fiscal, al expedirse en la vista, debería devolver la causa para que el juez se expida.

Si se presentara ante el fiscal, pareciera perderse más tiempo, puesto que se la desperdicia elevando la solicitud al juez.

Estoy seguro que algún forista mas avezado nos aclarará o corregirá.

Saludos.
 #199592  por dramarcela
 
Muchas gracias por su ayuda!
 #199742  por Moniluj
 
Hacé como dice Poorlaw, es lo correcto y lo mejor. Saludos.