Si el acreedor de una persona intenta trabar embargo sobre bienes muebles que se encuentran en el domicilio de ésta (medida ordenada por el tribunal que entiende la causa). Pero al diligenciarse la medida, esta persona le dice a su acreedor y al Oficial de Justicia que respecto de una PC que tiene en su domicilio, el embargo no va a poder efectivizarse porque no es suya y la tiene en carácter de acreedor prendario de otra persona.
A pesar de ésto, el acreedor aduciendo que la ley lo faculta a diligenciar la medida cautelar ordenada, traba el embargo.
¿El embargo estuvo bien efectivizado? ¿El acreedor actuó conforme a derecho?
Estoy un poco confundida con ésto. Yo creo que el embargo estuvo mal efectivizado pero que el acreedor sí actuó conforme a derecho ¿me equivoco?
Ojalá puedan ayudarme, que es para un trabajo. Muchas gracias!
A pesar de ésto, el acreedor aduciendo que la ley lo faculta a diligenciar la medida cautelar ordenada, traba el embargo.
¿El embargo estuvo bien efectivizado? ¿El acreedor actuó conforme a derecho?
Estoy un poco confundida con ésto. Yo creo que el embargo estuvo mal efectivizado pero que el acreedor sí actuó conforme a derecho ¿me equivoco?
Ojalá puedan ayudarme, que es para un trabajo. Muchas gracias!
***N a T y***