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  • demanda por fijacion de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #200722  por Hammurabi
 
colegas: por primera vez tengo que pedir regulacion judicial de honorarios para otra colega que nunca le pagaron por unas jubilaciones.
Alguien tendría un modelito para orientarme?? desde ya agradezco cualquier aporte!

 #202441  por martha
 
Tené en cuenta la ley 17040 son dos haberes. No tiene firmada Carta poder?

 #202649  por Hammurabi
 
Hola Marta!! No, en este caso no tiene,,, y si lo tuviera no son válidos en el ámbito del derecho previsional...

Te agradezco por responder!

 #203541  por feli07
 
Hola! Mirá, no es necesario un modelo. Basate en la ley de honorarios y en la 17040 (que te pone un límite de 2 haberes). En sí es un juicio sumario, donde relatás los hechos, detallá los trabajos realizados paso por paso, el otorgamiento del beneficio y la falta de pago. Acompañá toda la documental con la que cuentes (sicam, sijp, poder, etc) para ilustrar al juez sobre los trabajos efectuados y pedí prueba confesional para la demandada y la más importante: la prueba informativa para que Anses acompañe el expte administrativo e informe cuanto cobra la demandada y por qué conceptos y si el poder a tu cliente subsitió hasta el inicio del trámite. Estimá los honorarios en el máximo (2 haberes actuales) y pedí que el juez lo fije de acuerdo al mérito de lo realizado. Si te animás, y hay moratoria hecha, pedí que se regule aparte por ese trabajo (yo no lo hice nunca). Cualquier cosa preguntame lo que precises, que yo tengo varios en trámite. Saludos, Feli :D

 #203577  por andrea1982
 
Hammurabi escribió:Hola Marta!! No, en este caso no tiene,,, y si lo tuviera no son válidos en el ámbito del derecho previsional...

Te agradezco por responder!
Hammurabi, disculpa, pero precisamente la Carta Poder es la que te permite tramitar la jubilación, sin ella la abogada no podría haberle tramitado las jubilaciones a sus clientes, y sin la carta poder no está en el expte. dificilmente pueda demostrar que ella realizó el trabajo y no que lo hicieron por derecho propio. No sé de donde sacaste que la carta poder no es válida.
Lo que no es válido es el pacto de cuota litis.

Saludos
Andrea

 #209303  por NM
 
Hola, disculpame ser un neofito en el foro y en el fuero, pero por que no se permite el pacto de cuota litis?

 #210782  por Hammurabi
 
Andrea 1982, perdón no fui muy clara, lo que no es válido es el pacto, era a eso a lo que me refería.
Gracias igualmente por responder!
Saludos
Hammurabi

 #210783  por Hammurabi
 
Feli07, te agradezco muchísimo la respuesta... sabía que no era tan complicado, pero viste cuando hacés algunas cosas por primera vez siempre te querés asegurar..
Gracias por tu generosidad al responder, saludos
Hammurabi
 #215560  por lawyer2007
 
No entiendo porque no se puede
hacer pacto de cuota litis como dicen cual es el fundamento
q tienen , si comprende
2 haberes como marca la ley ademàs podes
cobrar mas porque la ley habla de haberes y
el sicam si lo encargas y todos los gastos para
el fin encomendado como ser fotocopias , estacionamientos
liquidacion del sicam por 3* gastos varios van por cuerda separada
y se pueden cobrar aparte .
saludos de lawyer
 #215562  por lawyer2007
 
No entiendo porque no se puede
hacer pacto de cuota litis como dicen cual es el fundamento
q tienen , si comprende
2 haberes como marca la ley ademàs podes
cobrar mas porque la ley habla de honorarios y no de gastos entonces
el sicam si lo encargas y todos los gastos para
el fin encomendado como ser fotocopias , estacionamientos
liquidacion del sicam por 3* gastos varios van por cuerda separada
y se pueden cobrar aparte .incluso solo con comprobantes
saludos de lawyer

ok

 #215563  por lawyer2007
 
No entiendo porque no se puede
hacer pacto de cuota litis como dicen cual es el fundamento
q tienen , si comprende
2 haberes como marca la ley ademàs podes
cobrar mas porque la ley habla de honorarios y no de gastos entonces
el sicam si lo encargas y todos los gastos para
el fin encomendado como ser fotocopias , estacionamientos
liquidacion del sicam por 3* gastos varios van por cuerda separada
y se pueden cobrar aparte .incluso solo con comprobantes
saludos de lawyer
 #215567  por lawyer2007
 
lawyer2007 escribió:No entiendo porque no se puede
hacer pacto de cuota litis como dicen cual es el fundamento
q tienen , si comprende
2 haberes como marca la ley ademàs podes
cobrar mas porque la ley habla de honorarios y no de gastos entonces
el sicam si lo encargas y todos los gastos para
el fin encomendado como ser fotocopias , estacionamientos
liquidacion del sicam por 3* gastos varios van por cuerda separada
y se pueden cobrar aparte .incluso solo con comprobantes y pruebas del trabajo
saludos de lawyer

 #215568  por feli07
 
Hola! Te comento: no se puede hacer pacto de cuota litis en materia previsional, es decir que no podés pactar un % determinado a las resultas del juicio (por ej. 20 % del retroactivo). Lo que sí se puede hacer es convenio de honorarios, por un máximo de 2 haberes. Los gastos de tramitación se pueden cobrar aparte, también el SICAM. Yo siempre que inicié la fijación de honorarios extrajudicial pedí se regulen honorarios por 2 haberes, se puede agregar otra suma por SICAM, pero ojo que el juez va a regular de acuerdo a las tareas desarrolladas por el letrado (conforme lo dispone la ley de honorarios), así que no todos los casos son iguales: no es lo mismo una persona que tenía 6 trabajos diferentes y hubo que completarle con moratoria para que alcance los 30 años de servicios con aportes que un autónomo puro que se envió por internet!!!