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  • AMPAROS CORRALITOS!!

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 #174412  por juanpablo1977
 
Estimados Foristas: es un placer y un privilegio tener acceso a este foro tan amplio, y tan útil, pero por sobre todas las cosas tan generoso. ¿Quien dijo que la abogacia es una profesión egoísta?.Tengo un cliente con el cual me une una relación de muchos años, este señor es muy conocido en la ciudad donde vivo ya que es un empresario muy importante. Hace unos días me comento que tiene varios depositos hechos en la epoca del corralito, y que solamente le han devuelto una parte de los mismos. No conozco mucho el tema es la primera vez que me toca un caso asi, ya que soy muy nuevito en esta profesión tan vertiginosa, pero placentera. Lo concreto es que si hay alguien que me pueda orientar un poco en el tema, ¿Como reclamar?, ¿que vía?, ¿fallos?, ¿prosperan o no?, ¿Cuales son las preguntas que le deberia hacer a mi cliente?, ¿Que documentación solicitarle?, se que no es un tema tan sencillo. Son mucho dolares para reclamar y la verdad es que me asusta un poco porque quiero hacerlo con total responsabiidad. Asi que si algun colega que tenga experiencia en el tema y me pueda orientar un poco, se lo voy agradec mucho. Desde ya, de manera adelantada MUCHAS GRACIAS!!!! un Placer!.

 #174423  por DAL
 
Recien ahora se acordó??????????
Se le hizo como seis años tarde ya que el plazo para interponer el amparo vencio el 15 de febrero aproximadamente, de 2002.
A esta altura dudo que las mere declarativas funcionen.
El tema quedó saldado con los fallos MASSA y KUJARCHUK sobre la constitucionalidad de la pesificación y modo de devolver saldos.
Incluso hay un fallo de CSJN que dice que quien no hizo amparo y no retiró dinero con reserva se sometio voluntariamente al sistema de pesificación y no puede reclamar. Y es que con la tan amplia difusión que se le dio al tema, dudo que alquien que realmente quisiera cuestionar la pesificación no haya tenido acceso a las vias legales en término. Y en termino considrando que los juzgados fueron muy amplios y recibieron aún vencido el término, y luego le dieron a las meres el mismo privilegio que el amparo.
No se, es raro que un cliente con plata grande se haya quedado de brazos cruzados sin hacer nada.

 #174433  por juanpablo1977
 
Gracias DAL, por tu pronta respuesta. Este señor retiro parte de los depositos y en cada uno de ellos hizo reserva. Con esta reserva de reclamar a posteriori, ¿hay alguna posibilidad?. Y respecto a lo que expresas ("Se acordo tarde!!!"), pienso lo mismo, pero no le puedo responder eso a mi cliente (al menos eso es lo que creo yo). Muchas Gracias te mando un abrazo.-

 #174822  por natyperez
 
Salió un nuevo fallo de Corte, que dice que aunque no hayan hecho reserva igual tienen derecho a reclamar (Caso Rodriguez) porque eran jubilados que necesitaban el dinero para remedios, etc. Salió este mes. Tiene fundamentos muy buenos.

 #174828  por natyperez
 
[La Corte Suprema de Justicia dispuso que los ahorristas de edad avanzada que hayan aceptado la pesificación de sus depósitos bancarios sin hacer reserva de sus derechos, podrán igualmente avanzar con reclamos judiciales. El Alto Tribunal se expidió en el caso de una persona de 87 años, con un delicado estado de salud, en el que considero que "el consentimiento prestado para la pesificación de sus depósitos no configura un sometimiento voluntario".

Según consta en la resolución del tribunal Ramona Esther Rodríguez había aceptado la pesificación de sus depósitos a la paridad de 1,40 peso por dólar más CER sin efectuar las reservas de sus derechos, con lo cual aceptaba tácitamente que no recurriría con reclamos judiciales posteriores por el reajuste. No obstante luego decidió interponer un recurso ante la Justicia para reclamar la diferencia entre los percibido en pesos y el valor actual de la moneda de origen en la que tenia sus depósitos.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar al reclamo de la mujer pero el banco apeló la medida ante la Corte Suprema que en esta oportunidad modificó los alcances de su propio precedente en el caso Cabrera del año 2004. En ese fallo el Alto Tribunal había establecido que las personas que aceptaron la pesificación de sus depósitos bancarios a la paridad de 1,40 peso por cada dólar, sin efectuar reserva de derechos, no podían luego demandar por la diferencia entre ese valor y el que tenía el dólar según su cotización en el mercado libre.

Para modificar ese criterio los ministros tuvieron en cuenta en esta oportunidad la edad avanzada de la demandante, su "delicado estado de salud y la consiguiente necesidad de consumir medicamentos, a lo exiguo de sus ingresos previsionales y al monto de los depósitos realizados".

Asimismo estimaron que el consentimiento para la pesificación de sus depósitos no configura un "sometimiento voluntario" puesto que el acto no fue producto "de una conducta deliberada, es decir, ejecutada con discernimiento, intención y libertad".
El voto que encabeza la sentencia es suscripto por los jueces Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni, Carmen Argibay, Ricardo Lorenzetti y Carlos Fayt.

]

 #174844  por DAL
 
Si claro, este fallo es para ahorristas de edad avanzada, pero hay que ver si el cliente era de edad avanzada.

Si hizo reserva algo se puede intentar. Pero no sabria como encararlo de cero a esta altura. Tal vez una acción mere declarativa pidiendo que se declare que a esos depositos se le aplican MASSA y KUJARCHUK y con eso librar oficio al banco para que pague la diferencia.

No coindico con eso de que al cliente no puede decirsele que se acordó tarde. De hecho DEBE decírsele, si es así. En nuestra materia el cliente no siempre tiene la razón!!!!

 #174926  por juanpablo1977
 
Grasias por sus aportes!, por los diversos criterios, de verdad enriquece. Después les comento como me fue.

 #175012  por sergiosky
 
a mi me parece que lo que no se puede plantear a esta altura son los amparos donde se pedia la inconstit. porque ya fue zanjado por la CSJN en el fallo massa. ahora, si un tipo tiene aun dolares pesificados (convertidos a bonos) en un banco y desea sacarlos tiene primero que dirigirse al banco y retirar los mismos, segundo ver cuanto le dan para saber si se se ajusta al fallo massa (1,40 + cer + 4% anual) de ser asi ya no puede reclamar nada, ahora si le dan menos debe iniciar una demanda sumarisima para reclamar la diferencia que le deben segun los fallos massa y posteriores. pero ni ahi que le van a devolver dolares o el equivalente porque la corte ya dijo que la pesificacion fue constitucional.

 #191880  por FacuN
 
DAL escribió:Recien ahora se acordó??????????
Se le hizo como seis años tarde ya que el plazo para interponer el amparo vencio el 15 de febrero aproximadamente, de 2002.
A esta altura dudo que las mere declarativas funcionen.
El tema quedó saldado con los fallos MASSA y KUJARCHUK sobre la constitucionalidad de la pesificación y modo de devolver saldos.
Incluso hay un fallo de CSJN que dice que quien no hizo amparo y no retiró dinero con reserva se sometio voluntariamente al sistema de pesificación y no puede reclamar. Y es que con la tan amplia difusión que se le dio al tema, dudo que alquien que realmente quisiera cuestionar la pesificación no haya tenido acceso a las vias legales en término. Y en termino considrando que los juzgados fueron muy amplios y recibieron aún vencido el término, y luego le dieron a las meres el mismo privilegio que el amparo.
No se, es raro que un cliente con plata grande se haya quedado de brazos cruzados sin hacer nada.
DAL, tengo sentencia de Cámara, 1,40+cer+4%anual, presento un escrito en el juzgado pidiendo liquidación y que se libre oficio?, es así como sigo?. Gracias. Facu.

 #191881  por FacuN
 
DAL escribió:Recien ahora se acordó??????????
Se le hizo como seis años tarde ya que el plazo para interponer el amparo vencio el 15 de febrero aproximadamente, de 2002.
A esta altura dudo que las mere declarativas funcionen.
El tema quedó saldado con los fallos MASSA y KUJARCHUK sobre la constitucionalidad de la pesificación y modo de devolver saldos.
Incluso hay un fallo de CSJN que dice que quien no hizo amparo y no retiró dinero con reserva se sometio voluntariamente al sistema de pesificación y no puede reclamar. Y es que con la tan amplia difusión que se le dio al tema, dudo que alquien que realmente quisiera cuestionar la pesificación no haya tenido acceso a las vias legales en término. Y en termino considrando que los juzgados fueron muy amplios y recibieron aún vencido el término, y luego le dieron a las meres el mismo privilegio que el amparo.
No se, es raro que un cliente con plata grande se haya quedado de brazos cruzados sin hacer nada.
DAL, tengo sentencia de Cámara, 1,40+cer+4%anual, presento un escrito en el juzgado pidiendo liquidación y que se libre oficio?, es así como sigo?. Gracias. Facu.

 #191882  por FacuN
 
DAL escribió:Recien ahora se acordó??????????
Se le hizo como seis años tarde ya que el plazo para interponer el amparo vencio el 15 de febrero aproximadamente, de 2002.
A esta altura dudo que las mere declarativas funcionen.
El tema quedó saldado con los fallos MASSA y KUJARCHUK sobre la constitucionalidad de la pesificación y modo de devolver saldos.
Incluso hay un fallo de CSJN que dice que quien no hizo amparo y no retiró dinero con reserva se sometio voluntariamente al sistema de pesificación y no puede reclamar. Y es que con la tan amplia difusión que se le dio al tema, dudo que alquien que realmente quisiera cuestionar la pesificación no haya tenido acceso a las vias legales en término. Y en termino considrando que los juzgados fueron muy amplios y recibieron aún vencido el término, y luego le dieron a las meres el mismo privilegio que el amparo.
No se, es raro que un cliente con plata grande se haya quedado de brazos cruzados sin hacer nada.
DAL, tengo sentencia de Cámara, 1,40+cer+4%anual, presento un escrito en el juzgado pidiendo liquidación y que se libre oficio?, es así como sigo?. Gracias. Facu.

 #191890  por FacuN
 
FacuN escribió:
DAL escribió:Recien ahora se acordó??????????
Se le hizo como seis años tarde ya que el plazo para interponer el amparo vencio el 15 de febrero aproximadamente, de 2002.
A esta altura dudo que las mere declarativas funcionen.
El tema quedó saldado con los fallos MASSA y KUJARCHUK sobre la constitucionalidad de la pesificación y modo de devolver saldos.
Incluso hay un fallo de CSJN que dice que quien no hizo amparo y no retiró dinero con reserva se sometio voluntariamente al sistema de pesificación y no puede reclamar. Y es que con la tan amplia difusión que se le dio al tema, dudo que alquien que realmente quisiera cuestionar la pesificación no haya tenido acceso a las vias legales en término. Y en termino considrando que los juzgados fueron muy amplios y recibieron aún vencido el término, y luego le dieron a las meres el mismo privilegio que el amparo.
No se, es raro que un cliente con plata grande se haya quedado de brazos cruzados sin hacer nada.
DAL, tengo sentencia de Cámara, 1,40+cer+4%anual, presento un escrito en el juzgado pidiendo liquidación y que se libre oficio?, es así como sigo?. Gracias. Facu.
Perdon, donde dice oficio lease mandamiento!!!! Tengo la cabeza al reves :oops:

 #192147  por natyperez
 
Es correcto lo que decis. Si la sentencia está notificada, practicá liquidación y pedí mandamiento.

 #192178  por FacuN
 
natyperez escribió:Es correcto lo que decis. Si la sentencia está notificada, practicá liquidación y pedí mandamiento.
Gracias Naty!!!!

 #205096  por alicia garcia
 
:D Hola Buenas Tardes!!!

Hay estudios juridicos que están haciendo el reclamo por la diferencia de pesificación basándose en el fallo de la Corte Rodríguez Ramona, donde se reconoce que no medio libre consentimiento si la persona se encontraba enferma o en otras circunstancias que le permitieran prestar libremente su conformidad. Necesitaría saber si saben cuál es la vía legal para hacer el reclamo? Tanto para los casos que nunca hicieron juicios como para aquellos que hicieron amparos. Gracias y felicitaciones por el foro.