Diego Perez escribió:Hola gente, no tengo mucha idea del tema inhibiciones, pero me pasa lo siguiente, estoy por vender un inmueble y estoy inhibido para vender, por una deuda, tengo intenciones de saldar la duda para poder levantar la inhibicion, el tema es el siguiente: la empresa a quien le debo esta en convocatoria, ¿si yo pagara la deuda a esta empresa, pude levantarme igual la inhibicion de firma?? y si puede ¿cuanto tiempo demora en levantar la inhibicion?? muchas gracias y les agradezco si contestan rapido a mi inquietud.-
Diego: si pagas la deuda, obvio que el que te pidio la inhibicion, tendra que pedir el levantamiento de la misma, tene en cuenta que ahora se suman a la deuda ademas de los intereses, capital, honorarios, y costas del proceso por el cual te pidieron inhibicion, y solo te la levantaran si pagas todo eso (ofrece al abogado de la contraria y ve que te dice)
El plazo para pedir el levantamiento, depende de la diligencia del abogado de la contraria, y del juzgado que te toque en suerte.
Suerte Luher mdq