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  • CONCUSRSO - CREDITO LABORAL

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 #225733  por YAGI
 
Hola!, les consulto lo sig: Inicie ejecucion de convenio laboral ante Seclo debidamente homologado, por incumplimiento del deudor. Cuando voy a acordar feha con el notificador me comenta que el demandado presento concurso.
Como debo presentarme en el concurso?, entiendo que tengo que verificar el credito, pero se remite el expediente de ejecucion de convenio?
Espero su ayuda, ya que nunca me presente en un concurso!
Muchas Gracias!!!
 #225749  por YAGI
 
Hola!, les consulto lo sig: Inicie ejecucion de convenio laboral ante Seclo debidamente homologado, por incumplimiento del deudor. Cuando voy a acordar feha con el notificador me comenta que el demandado presento concurso.
Como debo presentarme en el concurso?, entiendo que tengo que verificar el credito, pero se remite el expediente de ejecucion de convenio?
Espero su ayuda, ya que nunca me presente en un concurso!
Muchas Gracias!!![/quote]

 #225800  por GU
 
Desconozco el tratamiento que se le da pero es fundamental determinar si la concrecion del acuerdo laboral constituye una novacion en el caracter de los creditos.

Ya que en el supuesto de que los creditos dejen de ser considerados laborales pasando a ser comerciales o civiles (ejecucion de convenio), los mismos quedan afuera del pronto pago y son absorvidos por la masa concursal (o estoy equivocado?) y, en consecuencia, se pagaran conforme se acuerde (quitas y plazos) en lugar de pagarse por el total y rapidito...

Si les quita el caracter laboral, yo iria por la nulidad del acuerdo para que los creditos sean laborales (manifestando que la concrecion del acuerdo constituye una maniobra dolosa del deudor para perjudicar los derechos laborales del trabajador y bla bla).

Te puse mas dudas que certezas... perdon.

Saludos!

 #225834  por gadriana
 
Verificá en término el crédito con el testimonio del acuerdo homologado.
Acá hay dos cosas un acuerdo homologado incumplido y un juicio de ejecución de éste acuerdo.
Entiendo la ejecución no implica novación pero sí que devenga otros intereses y costas.
A partir del dictado de la Ley N° 26.086
1) Los juicios patrimoniales iniciados antes de que el demandado sea declarado en quiebra o concursado no se atraen y continúan ante sus jueces competentes. Corresponde aclarar que el actor tiene la opción de continuar el juicio ante el Juez competente o suspender el procedimiento y verificar su crédito ante el Juez concursal. Si el actor opta por continuar el trámite del juicio ante el Juez competente, igualmente se deberá informar al Síndico del concurso o quiebra, para que asuma el control o la defensa correspondiente

2) Los juicios de contenido patrimonial contra el concursado o quebrado que tengan causas o títulos anteriores a la presentación del concurso o declaración de quiebra no podrán iniciarse. En este caso, la LCQ dice que el actor deberá verificar su crédito en el juicio concursal siguiendo el procedimiento que fija la LCQ.

Si ya ha pasado el período de verificación deberás iniciar un incidente de verificación tardía.
Recordá que es importante el reconocimiento del crédito como laboral dado que se gozará en su caso del beneficio de pronto pago (La bernalesa y ccs.) Suerte.

 #232025  por YAGI
 
Disculpen mi insistencia pero estoy bastante perdida con este caso.
Les comento que vi el concurso y mi credito entraria en verificacion tardia.
Ahora, no se que es mas conveniente, si continuar el proceso de ejecucion, o presentarme en el concurso, y en caso de presentarme como tendria que hacerlo.
Agradezco, a quien pueda orientame un poco mas.