Hola, tengo un caso de una señora que tiene que cobrar un seguro de vida por la muerte de su esposo. Ellos estaban separados de hecho y el hombre vivia con su concubina. El tema es que el Sanatorio que lo asistió ahora se niega en darle la historia clinica a mi clienta (la esposa) porque hay una deuda que la obra social no cubre. Yo tengo entendido que en virtud del artículo 46 a 51 de la Ley de Seguros, el Sanatorio no puede negarle la historia clinica a nadie. Cómo hago para sacarla? Muchas gracias
drgarcia, mirá este link ...
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