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 #216754  por lorzabeth
 
agustitin escribió:El recurso de apelación puede concederse libremente o en relación. Cuando es concedido enn forma libre, el recurso es fundamentado ante el Tribunal de alzada, en un escrito llamado "expresión de agravios", del cual se dará traslado a la contraria con las excepciones según la naturaleza del tema a rever.
Cuando son concedidos en relación, el apelante dentro de los 5 días (se notifica por nota) de notificado el auto que concede el recurso, deberá fundar su apelación en primera instancia y, una vez sustanciado, será elevado a la cámara para que resuelva inmediatamente.(ART. 275). Ese escrito de fundamentación del recurso en primera instancia se llama "memorial". ( MANUAL DE PRACTICA FORENSE GRISOLIA-BERNASCONI).
"Los escritos de impugnación fundantes, han recibido distintos nombres.Uno es denominado expresión de agravios, otro memorial. En la actualidad ambos significan lo mismo, y tienen el mismo contenido formal" (ELEMENTOS DE D. P. CIVIL DE FALCON).

Espero te sirva, salu2 y suerte.
te molesto con una preguntonta.....
cuando el recurso es concedido y presentas el memorial en primera instancia, este no eleva sino que te dice que corras traslado del mismo a la contraria.....
de que forma se hace ese traslado??? se transcribe el memorial se adjunta copia.??
como veras no tengo ni idea.......
es la primera vez que lo hago....
desde ya, muchas gracias!!!!

 #216784  por SVUM
 
HOLA A TODOS!!! QUIERO PEDIR EN UN DESALOJO LA NEGLIGENCIA DE LA PRUEBA CONFESIONAL PEDIDA POR LA OTRA PARTE PERO NUNCA PRODUCIDA. ALGUIEN TENDRA ALGUN MODELO??
MUCHAS GRACIAS
CARIÑOS
SABRINA

 #227597  por luhen
 
Hola! Lei todos los modelos pero no encontre uno para iniciar divorcio contradictorio. Alguien tendria alguno para pasarme?
saludos

 #227745  por Turquinha
 
hola me preguntaba si tendrian alguna demanda de controvertido pero para apoderado.

es mi primer controvertido y mi primer expediente siendo apoderada :P

por otro lado me gustaira que me digan que tanto tengo que explayarme con respecto a los hechos y a los testigos.... tengo todas las intenciones de cambiarle la caratula a de comun acuerdo pero por lo visto la otra parte no quiere ni presentarse....

 #227751  por Turquinha
 
abogado1987 escribió:
luhen escribió:Hola! Lei todos los modelos pero no encontre uno para iniciar divorcio contradictorio. Alguien tendria alguno para pasarme?
saludos
luhen, mira ...

http://www.soloderecho.com/foros/viewto ... 8&start=80
hey esta bastante bueno.... algun encabezado para los q somos apoderados? nunca hice uno :mrgreen:

 #227796  por abogado1987
 
Turquinha escribió:
abogado1987 escribió:
luhen escribió:Hola! Lei todos los modelos pero no encontre uno para iniciar divorcio contradictorio. Alguien tendria alguno para pasarme?
saludos
luhen, mira ...

http://www.soloderecho.com/foros/viewto ... 8&start=80
hey esta bastante bueno.... algun encabezado para los q somos apoderados? nunca hice uno :mrgreen:
Turquinha, va modelo posteado por Sabrisre ... modificá de acuerdo a tu caso ...

INICIA DEMANDA DE DESALOJO-ACREDITA PERSONERIA ACOMPAÑA DOCUMENTAL-TASA DE JUSTICIA-BONO DE LEY.-
Señor Juez Nacional de Primera Instancia en lo Civil:
………. …………, abogado T. 54 F. 541 del C.P.A.C.F., en mi carácter de apoderado de la Señora ………… ………… ……….., constituyendo domicilio legal en la calle ….. …….. 1649 Piso 4 “A” de ésta Capital Federal, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I. PERSONERIA.-
1. Que conforme lo acredito con copia juramentada de la Escritura número cuarenta y ocho, pasada al folio trescientos cincuenta y dos del Registro de Contratos Públicos cuarenta y siete de la Capital Federal, a cargo del Escribano …….. ……. ……, el 24 de julio de 1994, he sido instituido apoderado judicial de la señora ……. …….. ……., con domicilio real en la calle Avda. ………. …….. 2245 piso 8* “A”.
2. En tal carácter pido que se me otorgue la participación de ley dejando fijado mi domicilio consignado en el encabezamiento del presente.
II. OBJETO.-
3. Siguiendo expresas instrucciones de mi mandante vengo por el presente a iniciar formal demanda de desalojo fundada en la causal de vencimiento de término contractual, en contra de ………. ……….. para que previo las formalidades de ley se la condene a desalojar el inmueble sito en la calle Avda. ……. ……5065, Dpto. 3, de la planta baja, junto con todas las personas y o cosas puestas por ella. Con costas.

 #227810  por luhen
 
Muy bueno, mil gracias abogado1987! Ahora bien, en mi caso la soc. conyugal tiene un prestamo como deuda, como hago para denunciarlo? Se hace como se denuncian los bienes?
Gracias!
Turquinha, le cambias el encabezado con la personeria, despues es todo igual!
besos

 #227906  por Turquinha
 
se pasaron... hoy me pongo a tipear la demanda...ya me dijeron que tengo que explayarme mucho en la demanda para que no quede nada afuera.... y que me asegure de detallar la prueba... tengo la adrenalina al mango!
 #229468  por vexis
 
Entre la Sra. M. E. M., D.N.I. Nº…, de profesión ama de casa, con domicilio real en la calle… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de representante legal de sus hijos A. F. G. y G. M. G., con el asesoramiento letrado del Dr. C. A. B., tomo Nº…, folio Nº…, y el Sr. R. A. G., D.N.I. Nº…, de profesión médico, con domicilio real en la calle…, piso…, depto. …, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de padre de los menores citados, con el asesoramiento letrado del Dr. V. X. Z., tomo Nº…, folio Nº..., acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado al juzgado civil con competencia en familia que corresponda. Respecto de esto último, las partes se comprometen a presentar —en forma conjunta— el presente convenio —ante juzgado competente de esta ciudad— en un lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homologado en el ámbito judicial.

a) Antecedentes

La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. estuvieron casados desde el 19/04/1989 hasta el día 04/12/2006, fecha a partir de la cual se hallan separados. De dicha unión han nacido sus dos hijos: A. F. G., D.N.I. Nº…, y G. M. G., D.N.I. Nº…, los cuales tienen su domicilio real en el mismo domicilio de la madre, al encontrarse conviviendo con ésta.
El Sr. R. A. G. se desempeña desde el 01/01/1985 y hasta el presente como médico de la Clínica Cuaternostro y del Hospital de Agudos, percibiendo por ambos empleos bajo relación de dependencia la suma neta de pesos cinco mil trescientos setenta y cinco ($ 5.375) mensuales (una vez practicados los descuentos de ley).
La Sra. M. E. M. se desempeña como ama de casa proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos y realizando las tareas del hogar (limpiar, cocinar, planchar, lavar ropa, etc.), rol que cumplió —asimismo— cuando la familia se encontraba unida.
Por lo tanto, durante la convivencia matrimonial era el Sr. R. A. G. quien contribuía al sostenimiento de la familia y la Sra. M. E. M. se dedicaba a las tareas del hogar, y al cuidado y la crianza de los hijos.

b) Cláusulas

La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. convienen que el presente convenio quede sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Contribución de cada progenitor

1) El Sr. R. A. G. se obliga a abonar a sus hijos un treinta por ciento (30 %) de los haberes que perciba de sus empleadores (Clínica Cuaternostro y Hospital de Agudos) por todo concepto, una vez efectuados los descuentos de ley, en carácter de cuota alimentaria ordinaria, que hará efectiva contra recibo suscrito de puño y letra de la Sra. M. E. M. —en representación de sus hijos menores— en el domicilio que habita con aquéllos, sito en la calle… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 1 al 5 de cada mes calendario.
Se deja en claro que la alocución “por todo concepto” incluye los haberes que el Sr. R. A. G. perciba por aguinaldo, presentismo, incentivos, bonificaciones o premios, así como también la indemnización que perciba en caso de ser despedido.
Dicha cuota comprende los rubros de alimentación, vestimenta, transporte, medicamentos, útiles escolares y esparcimiento.
En lo referente al rubro educación, el Sr. R. A. G. se compromete a pagar la cuota de la escuela La Inmaculada Concepción, que asciende a la suma de pesos ochenta ($ 80) y la matrícula correspondiente al iniciar cada año, que asciende a pesos ciento treinta ($ 130) para su hijo A. F. G., a la que concurre desde primer grado. El pago de dichas cuotas los efectuará el padre en forma personal en la tesorería de la escuela citada.
No se contempla un pago similar para su otro hijo G. M. G., por parte de su padre el Sr. R. A. G., pues aquél concurre a un colegio público (el Otto Krause).
Lo concerniente al traslado a la escuela y al colegio de ambos hijos ya se encuentra comprendido en la cuota ordinaria a través del rubro transporte.
En cuanto al rubro asistencia médica, el Sr. R. A. G. se compromete a seguir abonando la cuota de la empresa de medicina prepaga de la que gozaban sus hijos durante la convivencia de los progenitores.
2) La Sra. M. E. M., al tener la guarda de los hijos en la actualidad y atendiendo al rol que ha cumplido durante la convivencia de la familia, aportará en concepto de obligación alimentaria, la dedicación y el cuidado que le reporten aquéllos y la realización de las tareas del hogar (conf. art. 265, Cód. Civil, en cuanto a que el aporte de alimentos se realizará de acuerdo con la condición de cada progenitor). Por lo tanto, queda establecido que la madre contribuirá a la obligación alimentaria en especie.
SEGUNDA: Vivienda

En concepto de vivienda, los hijos seguirán habitando en el inmueble que fue asiento del hogar conyugal, el cual había sido adquirido con fondos gananciales.

TERCERA: Aumento de la cuota ordinaria

La cuota alimentaria fijada para el Sr. R. A. G. será incrementada conforme a las necesidades de los alimentados por su mayor edad, teniendo en cuenta que ello presupone más gastos en vestimenta, educación, esparcimiento y vida de relación.

CUARTA: Disminución de la cuota ordinaria

La cuota alimentaria ordinaria fijada para el Sr. R. A. G. deberá ser reducida durante los períodos de vacaciones que pase con sus hijos, dado que en ese lapso los alimentos serán prestados en especie, por lo cual cabe una reducción de los que aporta en dinero.
Según el régimen de visitas que también se suscribe entre las mismas partes, los menores pasarán con el padre siete (7) días durante el receso escolar de invierno y quince (15) días durante el receso escolar de verano.
Por ello, durante el receso de invierno, la cuota dineraria será reducida en un quince por ciento de su monto (15 %) y durante el receso de verano, será reducida en un veinticinco por ciento (25 %).
No se aceptará otra reducción que la establecida por la presente durante dichos períodos vacacionales ya que, si bien el padre aporta durante dichos períodos en especie, la madre, por su parte, igualmente tiene que pagar los gastos fijos (v. gr., servicios e impuestos del inmueble que habitan).
Bajo ningún concepto se admitirán otras reducciones de la cuota ordinaria derivada de los alimentos en especie que provea el padre durante los fines de semana que pase con los niños y los demás días establecidos en concepto de régimen de visitas.

QUINTA: Cuotas extraordinarias

1) Gastos extraordinarios derivados del rubro salud:
En el caso de que la salud de los hijos requiera operaciones o tratamientos especiales o internaciones —con carácter de urgentes o no— y que la medicina prepaga —de la que continuarán gozando aquéllos— no los cubra o que los cubra parcialmente (coseguro), dichos gastos serán sufragados por el padre.

2) Viaje de egresados:
Los correspondientes al ciclo primario y al secundario serán sufragados por el padre, previo análisis del presupuesto efectuado por la agencia de turismo o la compañía de viajes correspondiente.

3) Profesores particulares:
En el caso de que los niños requieran profesores particulares externos al establecimiento educacional al que concurren para reforzar su aprendizaje o con vistas a un examen, el padre se compromete a abonar los mismos hasta la suma de pesos cincuenta ($ 50) mensuales por cada hijo. Dicha suma será abonada por el padre contra recibo que acredite dichos servicios.

4) Actividades deportivas:
Si los niños requirieran actividades deportivas mediante su práctica en un club, un gimnasio u otra institución dedicada a dicha actividad, el padre se obliga a pagar la misma cifra que en el párrafo anterior y en las mismas condiciones.
El lugar de pago para las cuotas extraordinarias será el establecido para abonar la cuota ordinaria.

SEXTA: Cláusula penal.

1) Cláusula penal moratoria:
En el caso de que no se cumpla con los aportes en dinero correspondientes a las cuotas ordinarias en el plazo fijado en el presente convenio, se devengará un interés mensual sobre el monto de la obligación correspondiente al dos por ciento (2 %), el cual empezará a correr desde el día siguiente al último fijado para el cumplimiento de la cuota alimentaria. Dichos intereses accesorios a la obligación principal serán abonados en el domicilio establecido para el pago de la cuota ordinaria.

2) Cláusula penal compensatoria:
Ante la falta de cumplimiento de los rubros educación y atención médica, los mismos serán compensados de la siguiente forma:
— Rubro educación: se compensará su incumplimiento mediante el pago en dinero a los beneficiarios de la suma correspondiente a la cuota del colegio a que asisten éstos, más los intereses que establece dicha institución educativa para el caso de falta del pago de la cuota.
— Rubro asistencia médica: el incumplimiento de la misma será compensado con el pago a los beneficiarios de una suma dineraria correspondiente a la que cobra la empresa de medicina prepaga más los intereses que establece dicha empresa de salud para el caso de falta del pago de la cuota.

SÉPTIMA: Garantías

Para el caso de incumplimiento de la cuota dineraria que tiene a su cargo el Sr. R. A. G., se ofrece la garantía prendaria sobre el automóvil marca…, patente Nº..., de propiedad del obligado.

Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los… días del mes de… de…
 #229469  por vexis
 
Convenio sobre alimentos para los nietos menores de edad
efectuado por sus abuelos


Entre la Sra. M. E. M., D.N.I. Nº…, de profesión ama de casa, con domicilio real en la calle… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de representante legal de sus hijos A. F. G. y G. M. G., con el asesoramiento letrado del Dr. C. A. B., tomo Nº…, folio Nº…, y el Sr. F. J. G., D.N.I. Nº…, de profesión tornero, con domicilio real en la calle…, piso…, depto. …, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en carácter de abuelo de los menores citados, con el asesoramiento letrado del Dr. V. X. Z., tomo Nº…, folio Nº…, acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado al juzgado civil con competencia en familia que corresponda. Respecto de esto último, las partes se comprometen a presentar —en forma conjunta— el presente convenio —ante juzgado competente de esta ciudad— en un lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homologado en el ámbito judicial.

a) Antecedentes:

La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. estuvieron casados desde el 19/04/1989 hasta el día 04/12/2004, fecha a partir de la cual se separaron. De dicha unión han nacido sus dos hijos: A. F. G., D.N.I. Nº…, y G. M. G., D.N.I. Nº…, los cuales tienen su domicilio real en el mismo domicilio de la madre, al encontrarse conviviendo con ésta.
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. iniciaron juicio de divorcio con posterioridad, en el cual se fijó una cuota alimentaria del cuarenta por ciento (40 %) de los haberes que este último percibía por su labor en el Banco XXX, destinada a solventar las necesidades de los menores.
Imprevistamente, el progenitor alimentante fallece en fecha 10/05/2006, percibiendo la representante legal de los menores un seguro de vida —a favor de aquéllos— por pesos cuatro mil ($ 4.000) y la indemnización por muerte del trabajador por pesos seis mil ($ 6.000).
La señora M. E. M., al haberse dedicado desde hace varios años a las tareas de la casa y al cuidado de sus hijos, sólo pudo conseguir un trabajo que le irroga en la actualidad la suma de pesos mil ($ 1.000) mensuales.
Hasta abril de este año (2007), iba cubriendo los gastos de sus hijos con los importes percibidos con la indemnización laboral y por seguro de vida, pero a partir de ese mes dichos fondos se agotaron y se vio en la necesidad de solicitar ayuda económica a su suegro, atento a que su padre es jubilado y percibe la jubilación mínima y su madre ha fallecido hace ya un tiempo.
El Sr. F. J. G., D.N.I. Nº… es el abuelo de los menores precitados y trabaja como tornero en “Industrias…”, por lo cual percibe haberes por pesos un mil setecientos ($ 1.700) mensuales.

b) Cláusulas:

La Sra. M. E. M. y el Sr. F. J. G. convienen que el presente convenio quede sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Contribución de cada parte

1) El Sr. F. J. G. se obliga a abonar a la representante legal de sus nietos la suma de pesos cuatrocientos ($ 400) en carácter de cuota alimentaria ordinaria, que hará efectivo contra recibo suscrito de puño y letra de la Sra. M. E. M. —en representación de sus hijos menores— en el domicilio que habita con aquéllos sito en la calle… de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 1 al 5 de cada mes calendario.
Dicha cuota comprende los rubros de vivienda, alimentación, vestimenta, asistencia médica y medicamentos.
2) La Sra. M. E. M., al tener la guarda de los hijos en la actualidad y atendiendo al rol que ha cumplido durante la convivencia de la familia, aporta en concepto de obligación alimentaria lo que percibe por su labor extra doméstica (cuyo total asciende a pesos mil —$ 1.000—) para el sustento de sus hijos y el propio, como asimismo la dedicación y el cuidado que le reporten sus hijos.
Por lo cual, la contribución del abuelo paterno, Sr. F. J. G., en este caso, complementa el aporte que efectúa la Sra. M. E. M. a sus hijos.

Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los… días del mes de… de…
 #229470  por vexis
 
Alimentos provisorios para los menores solicitados antes de
interponer la demanda



SOLICITA SE FIJEN ALIMENTOS PROVISORIOS

Señor Juez:

M. E. M., D.N.I. Nº…, con domicilio real en la calle Esteban Mitre 10.586 y legal constituido en la Av. Corrientes 16.700, piso 12, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación de mis hijos A. F. G., D.N.I. Nº…, y G. M. G., D.N.I. Nº…, y con el patrocinio letrado del Dr. Claudio A. Belluscio, tomo Nº 65, folio Nº 925 C.P.A.C.F., C.U.I.T. Nº 12-828336-0, a V.S. manifiesta:

I. OBJETO

En tal carácter, vengo a solicitar a V.S. que se establezca cuota de alimentos provisoria a cargo del padre de los menores precitados, Sr. R. A. G., D.N.I. Nº…, de profesión médico, con domicilio real en la calle…, piso…, depto. …, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de cubrir las necesidades urgentes de aquéllos y los gastos del inmueble en el que habitan.
II. HECHOS

Me encuentro separada de hecho del padre de mis hijos, el Sr. R. A. G., desde hace tres meses (el 25/03/2007) fecha en que convinimos —de común acuerdo— en adoptar tal aptitud debido a situaciones que diariamente se producían y que hacían sumamente difícil el mantenimiento de nuestra convivencia.
Decidimos con el demandado que, junto a mis hijos, siguiera habitando el inmueble que fue sede de nuestro hogar conyugal, ya que no poseo los medios para proporcionarme otro, pues me desempeñé y me desempeño como ama de casa, habiendo sido el demandado quien aportaba los medios pecuniarios con los cuales sustentar los gastos de la familia.
Desde que dejamos de convivir, el demandado no aportó suma alguna con la cual solventar los gastos fijos que irroga el inmueble en el que mis hijos habitan, así como también los que irroga el mantenimiento y el sustento de aquéllos. Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta petición para que se le impongan alimentos provisorios al demandado, a fin de solventar las necesidades básicas de mis hijos, como asimismo cubrir los gastos fijos que se continúan devengado a pesar la separación de hecho.

III. DERECHO

Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 265, 267, 271, 375 del Cód. Civil y en el art. 195 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación.

IV. PRUEBA

— Documental
Acompaño original de las partidas de nacimiento de mis hijos, de donde surge el parentesco con el demandado.
También, de lo relativo a los gastos fijos que tienen mis hijos y de los que irroga el inmueble en el que habito junto a ellos.
Asimismo, fotocopia de los recibos de sueldo del demandado correspondientes al hospital y a la clínica en donde se desempeña laboralmente, ambos del mes de enero de 2007.

— Testimonial
Del Sr. ..., D.N.I. Nº..., con domicilio real en la calle..., y de la Sra. …, D.N.I. Nº..., con domicilio real en la calle..., vecinos del inmueble en el que habito, los cuales declararán acerca de mi situación de ama de casa y de que mi marido era quien aportaba —con exclusividad— los medios económicos durante la convivencia conyugal.

— Informativa
Para el caso de desconocimiento de la documental presentada relativa a la actividad laboral del demandado, solicito se libren sendos oficios a la Clínica Cuaternostro y al Hospital de Agudos, a fin de que informen: si el demandado se desempeña laboralmente en tales establecimientos asistenciales, su antigüedad, el cargo que ocupa y a cuánto asciende en la actualidad su salario mensual.

V. PETITORIO

Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Me tenga por presentada, por constituido el domicilio legal y por denunciado el real.
2. Haga lugar a la prueba testimonial ofrecida y tenga presente la documental acompañada.
3. Para el caso en que el demandado desconozca la documental atinente a su labor como profesional de la salud en los establecimientos mencionados, haga lugar a la informativa ofrecida.
4. Fije la cuota de alimentos provisorios para mis hijos, que cubra sus necesidades básicas y alcance para afrontar los gastos fijos que se continúan devengando en el inmueble que habitan, con independencia de la cuota que solicitaré al interponer la correspondiente demanda por alimentos ordinarios.

Proveer de conformidad,

Será Justicia.


Dr. Claudio A. Belluscio M. E. M.
 #229471  por vexis
 
“Contestación” de la demanda


CONTESTA DEMANDA. OFRECE PRUEBA

Señor Juez:

R. A. G., D.N.I. Nº…, con domicilio real en la calle Florianópolis 123.562 y legal constituido en la Av. Corrientes 167.002, piso 12, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. V. X. Z., tomo Nº 10.602, folio Nº 1 C.P.A.C.F., C.U.I.T. Nº…, en los autos caratulados “M., M. E. c/ G., R. A. s/alimentos” (expte. Nº 101.784), a V.S. manifiesta:

I. OBJETO

En tal carácter, vengo a contestar la demanda entablada y a ofrecer las distintas medidas de prueba que hacen a mi derecho constitucional de defensa en juicio.

II. HECHOS

Que es cierto que con la actora contrajimos matrimonio del cual nacieron A. F. G. y G. M. G.
Que es absolutamente falso que hayamos convenido separarnos y que yo me haya retirado del hogar por mi propia voluntad desatendiendo de tal modo mis obligaciones como marido y padre, ya que fue la accionante quien me impidió el acceso al mismo cuando regresaba de mis ocupaciones laborales, a través del cambio de cerradura en el inmueble que fuera nuestro hogar (hasta ese entonces) y de la presencia intimidatoria hacia mi persona de varios de sus familiares (que se encontraban en el interior de tal vivienda).
Partiendo de lo manifestado, niego rotundamente que, a partir de ese hecho, haya desatendido mis obligaciones dinerarias como padre, ya que continué abonando la escuela y el colegio de mis hijos, la medicina prepaga, la cuota del club al que ellos asisten y, asimismo, le hice llegar a través del supermercado Carrefour diferentes alimentos y productos de limpieza a la actora, ya que la madre de mis hijos se negó a recibir el dinero que quería proporcionarle para tal fin y para que abonara los gastos del inmueble en el que continúa habitando junto a aquéllos (circunstancia de la cual ofrezco la testimonial que más abajo se detalla).
Que la actora cuenta con el título de profesora de inglés y el de traductora pública nacional y, si bien es cierto que nunca lo ejerció durante nuestra convivencia matrimonial, se encuentra ampliamente capacitada para laborar en un trabajo que le irrogue mejores ingresos que los que manifiesta obtener, a fin de contribuir con ello al sustento de nuestros hijos (conforme lo establecen los arts. 265 y 271 del Cód. Civil).
Que si bien me desempeño en la Clínica de Cirugía Privada D. C., lo hago como administrador de la misma, negando rotundamente que sea su titular. Por lo cual, niego categóricamente los ingresos que la accionante me pretende endilgar, pues soy un empleado (si bien admito que con un puesto de responsabilidad) en dicha Clínica.
Es absolutamente falso que haya abandonado a su suerte a mis hijos y que ellos no tengan qué comer, pues no los he podido atender como ha sido mi intención —desde que mi esposa me impidió la entrada al hogar conyugal— por exclusiva responsabilidad de esta última.
Por otra parte, tanto el teléfono celular que se me endilga como el automóvil son propiedad de la clínica en la cual trabajo diariamente y, por lo tanto, están a cargo de tal empresa los gastos que esos bienes producen.
Que el inmueble en el que habito actualmente y los muebles y artefactos que se encuentran en él pertenecen a una compañera de trabajo que me lo ha prestado, comprendiendo los gastos que tengo actualmente, ya que mi esposa me ha impedido llevarme aunque sea mis cosas personales del hogar en que habitaba, motivo por el cual debí comprarme nuevamente esos bienes (indumentaria, calzado, elementos de higiene personal, etc.).
Que prueba del infundado y fantasioso reclamo que me hace la madre de mis hijos ha sido el cambio de letrada en el breve tiempo en que trascurrió desde la mediación previa hasta la interposición de la demanda, cuando la primera de las profesionales intervinientes renunció a su patrocinio al percatarse del desmedido e injustificado reclamo que aquélla me efectuaba, siendo ahora representada por su prima segunda, que hace escaso tiempo se recibió de abogada, al no conseguir otro profesional que la acompañe en su temerario reclamo. Que, en este punto, hago expresa reserva de reclamar las sanciones pecuniarias que contempla el art. 45 de nuestro Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Todo este dispendio de la actividad jurisdiccional lo origina el dislate de la accionada al pretender adjudicarme la titularidad de la clínica en la cual soy un empleado jerárquico y, por ello, pretender atribuirme cuantiosos ingresos que tan sólo figuran en su imaginación.
Cabe poner de resalto, para conocimiento de V.S., que la actora concurre en la actualidad —pese a argumentar que percibe escasos ingresos— al gimnasio Pilates, sucursal Belgrano, por el que abona una cuota mensual de pesos ciento cincuenta ($150), y que también es socia del Club deportivo “Solares” donde practica tenis, lo cual no se condice con la situación económica que aduce sufrir y que es el basamento de su reclamo.
En mi caso, actualmente estoy atravesando por severas restricciones en el aspecto económico, al haberme privado la accionada de mis indispensables bienes personales con los cuales desenvolver mi vida y mi actuación profesional, lo cual ha originado que los tuviera que adquirir nuevamente.
De esta situación darán cuenta mis compañeros de labor diaria, conforme a la testimonial que ofrezco y los resúmenes de las tarjetas que poseo (los cuales también darán cuenta de los sustanciosos importes que tuve que abonar en tales conceptos a fin de vivir al menos decorosamente, al verme privado de mis más elementales pertenencias) cuya prueba omito ofrecer pues ya fue solicitada por la accionante.
Que desconozco la medida cautelar que se propone implementar la actora, pero solicito a V.S. que no se dé curso a ella, pues me podría ocasionar graves perjuicios laborales (que puedan, incluso, llevar a la pérdida de mi fuente de ingresos y a no poder seguir alimentando a mis hijos) si aquélla está relacionada en algo con mi lugar de trabajo o mis tareas habituales.
Que desligo mi responsabilidad ante cualquier suspensión que se pudiera producir en los servicios correspondientes al inmueble en el que habitan mis hijos (luz, gas, teléfono y agua), al impedirme la actora abonar aquéllos pues, ante mi reclamo, se negó a entregarme las facturas correspondientes para que las pudiera pagar.

III. DERECHO

Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 265 y 271 en cuanto establecen la obligación de ambos progenitores de proporcionar alimentos a sus hijos.
Asimismo, a mi derecho de ejercer en forma plena mi defensa, lo cual se encuentra contemplado con meridiana claridad en el art. 18 de nuestra Constitución Nacional, legislación de máxima jerarquía a la cual no puede sojuzgar una legislación de menor entidad como es el Código Procesal Civil y Comercial, a tenor de lo establecido en el art. 31 de esa Carta Magna. Por ello, mi derecho de defensa debe incluir todas las medidas probatorias de que me pueda valer, tal como lo hago a renglón seguido.

IV. PRUEBA

— Documental
Original de la constancia de laborar en la Cirugía Privada D. C. como administrador de la misma y los ingresos que percibo por tal tarea.
Original de los recibos de pago de la escuela y del colegio al que concurren mis hijos, de la cuota de medicina privada correspondiente a ellos, como asimismo del club al que ambos concurren, todo ello a partir del mes en que su madre me impidió ingresar al inmueble en que habitaba junto a ellos.
Asimismo, original de diversos tickets de compra emitidos por el supermercado Carrefour en donde se detallan comestibles y artículos de limpieza, a partir de la misma fecha enunciada en el párrafo anterior.

— Testimonial
Del Dr. ..., D.N.I. Nº..., con domicilio real en la calle..., y de la Dra. …, D.N.I. Nº..., con domicilio real en la calle..., compañeros de trabajo en la clínica ya referida, los cuales declararán acerca del puesto que ocupo en ella, de mi situación económica actual, de mi intención de suministrarles dinero a mis hijos para su alimentación y para abonar los impuestos y los servicios del inmueble en el que habitan, y del impedimento de ello por parte de la actora.
Asimismo, la Dra. … testificará respecto de que me ha facilitado el inmueble que era de su abuelo para que pudiera vivir provisoriamente en él, atento a que mi esposa me impide vivir en el que era el hogar conyugal y a mi situación económica actual.

— Informativa
Se solicita que se libren oficios a:
1. Instituto de Cultura Inglesa, por el cual se informe con qué título se recibió la accionante, para qué tareas laborales habilita el mismo y las calificaciones obtenidas.
2. Universidad Nacional de Buenos Aires, Facultad de Derecho, para que informe si la actora se ha recibido de traductora pública nacional, con qué calificaciones y en qué año.
3. Al Colegio de Traductores Públicos de esta ciudad, a fin de que informe si la actora se encuentra matriculada y las diversas tareas laborales que pueden desarrollar los profesionales que esa asociación nuclea, así como los niveles de ocupación actuales y los requerimientos de empleo que se registran sobre sus matriculados.
4. Gimnasio Pilates, sucursal Belgrano, para que informe si la actora concurre a él, cuántas veces por semana y qué importe abona en concepto de arancel.
5. Club deportivo “Solares”, a fin de que informe si se cuenta entre sus socios y cuánto abona mensualmente por tal condición.

V. PETITORIO

Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal.
2. Haga lugar a la prueba testimonial fijando la respectiva audiencia, se provea la informativa ofrecida y tenga presente la documental acompañada.
3. Tenga presente la situación por la que estoy atravesando actualmente, mis verdaderos ingresos, el estar cumpliendo con los alimentos correspondientes a mis hijos y la posibilidad de la actora para contribuir al sostenimiento de aquéllos, a fin de fijar una suma justa en concepto de cuota ordinaria.
4. Se tengan en cuenta los alimentos que me encuentro abonando en especie (a tenor de la documental acompañada) a fin de descontarlos de la cuota suplementaria que V.S. establezca.
5. En oportunidad de dictar sentencia, se condene a la actora a la multa establecida en el art. 45 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación, a raíz de sus temerarias manifestaciones.

Proveer de conformidad,

Será Justicia.


Dr. V. X. Z. R. A. G.
 #267796  por sabri79
 
hola chicos no se olveden que esta este post con gran cantidad de variedad de modelos!!!!!
 #267903  por Turquinha
 
hola me preguntaba si tenian un acuerdo sobre disolucion sociedad conyugal.

especificamente estoy buscando algo q mencione:

- fecha de publicacion y muestra de un inmueble.
- fecha para retirar muebles y quien sea q viva en el.
- clausula de beneficiario primario al mismo precio.

lo necesito para el miercoles!!! se los super agradezco! ;)
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