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  • ¿Que tasa se paga en un desalojo por intrusión?

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 #232924  por Galatea
 
Hola a todos : mi duda es la siguiente, estoy haciendo un desalojo por intrusión y me ordenan el pago de la tasa y sobretasa de justicia.

Corresponde pagar la tasa mínima ó corresponde que pague la tasa tomando como base la última valuación inmobiliaria del bien?

Esto es en Provincia de Buenos Aires.

Muchas gracias, saludos
 #232944  por Dr. Cabrera
 
Hola Galatea!!!..., hace poco inicié uno en San Martin y pague por monto indeterminado. Si bien hay desacuerdo en doctrina y jurisprudencia..., te dejo un sumario para que veas:

En el juicio de desalojo por intrusión no es aplicable el art. 277 inc. "d" del Código Fiscal en cuanto a la determinación del monto imponible para tributar la tasa de justicia, porque no se trata de la adquisición, conservación o recuperación de la propiedad o posesión de inmuebles, sino de la restitución de la tenencia. Y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 5, 6 y 7 de la normativa fiscal -en cuanto a la interpretación de sus disposiciones se refiere-, debe considerarse que el juicio de desalojo por la causal de intrusión no tiene monto determinado, porque tampoco resulta aplicable la previsión del art. 277 inc. "b" del Código Fiscal, que rige para los supuestos en los que se ha celebrado contrato de locación.

CFPB Art. 277 Inc. d ; CFPB Art. 5 ; CFPB Art. 6 ; CFPB Art. 7 ; CFPB Art. 277 Inc. b

CC0002 SI 97979 RSI-1162-4 I 23-12-4, Juez BIALADE (SD)
Anrrique, Bernabé c/ Ocupantes y/o intrusos s/ desalojo
MAG. VOTANTES: Bialade-Malamud-Krause

Espero te sirva!!!..., Saludos!!!
 #232990  por Galatea
 
Hola: si me sirve, muchas gracias; lo que no me acuerdo es el monto minimo de la tasa de justicia.
 #233359  por Dr. Cabrera
 
5 pesos Galatea!..., nos vemos!!!..., Saludos!!!