Hola a todos!
Espero que puedan ayudarme... el tema es así: inicio demanda de desalojo, de un inmueble que mi cliente tiene, una parte del terreno, por un boleto de compra venta y otra parte, por una escritura pública pero no a nombre de ella, sino de un causante del que mi cliente es la heredera por representación, pero como no está ese bien denunciado en la sucesión (que tramitó lejos de esta ciudad) no pude presentar la declaratoria de herederos y por cuestiones de urgencia (ya que los intrusos están construyendo o con intenciones de construir) inicié la demanda pidiendo una medida de no innovar.
La complicación, recae cuando la parte demandada contesta la demanda, donde su estrategia es establecer que un juicio de desalojo no es el medio para discutir derechos reales pidiendo la falta de legitimación activa, cosa que el juzgado no concedió, porque en ningún momento en la demanda se mencionó controversia sobre los derechos reales sino que lo que se busca es desalojar a quienes no tienen ningún derecho sobre el inmueble, ahora es mi turno para negar la prueba que ellos presentaron, a lo que yo quiero constestar que no acreditan prima facie la posesión, que para que proceda el desalojo se debe presentar el título U ofrecer pruebas que acrediten la posesión (cosa que acompañé en la demanda) que eso es lo que hace que no haya legitimación (que no es este caso) y por último la parte demandada alega que tiene el animus domini, que en concepto tengo claro lo que es, pero mis dudas recaen al momento de determinar que cosas prueban el animus domini (en la contestación de la demanda se presentaron como pruebas testigos y un par de impuestos municipales de fecha actual (4 en total).
Soy nueva en la profesión, por eso quiero saber si estoy bien orientada o no es válido lo que pienso? Cómo manejarías el caso? Y cómo se prueba el animus domini? Qué actos serían considerados como voluntad de ser el dueño?
Espero que puedan ayudarme... el tema es así: inicio demanda de desalojo, de un inmueble que mi cliente tiene, una parte del terreno, por un boleto de compra venta y otra parte, por una escritura pública pero no a nombre de ella, sino de un causante del que mi cliente es la heredera por representación, pero como no está ese bien denunciado en la sucesión (que tramitó lejos de esta ciudad) no pude presentar la declaratoria de herederos y por cuestiones de urgencia (ya que los intrusos están construyendo o con intenciones de construir) inicié la demanda pidiendo una medida de no innovar.
La complicación, recae cuando la parte demandada contesta la demanda, donde su estrategia es establecer que un juicio de desalojo no es el medio para discutir derechos reales pidiendo la falta de legitimación activa, cosa que el juzgado no concedió, porque en ningún momento en la demanda se mencionó controversia sobre los derechos reales sino que lo que se busca es desalojar a quienes no tienen ningún derecho sobre el inmueble, ahora es mi turno para negar la prueba que ellos presentaron, a lo que yo quiero constestar que no acreditan prima facie la posesión, que para que proceda el desalojo se debe presentar el título U ofrecer pruebas que acrediten la posesión (cosa que acompañé en la demanda) que eso es lo que hace que no haya legitimación (que no es este caso) y por último la parte demandada alega que tiene el animus domini, que en concepto tengo claro lo que es, pero mis dudas recaen al momento de determinar que cosas prueban el animus domini (en la contestación de la demanda se presentaron como pruebas testigos y un par de impuestos municipales de fecha actual (4 en total).
Soy nueva en la profesión, por eso quiero saber si estoy bien orientada o no es válido lo que pienso? Cómo manejarías el caso? Y cómo se prueba el animus domini? Qué actos serían considerados como voluntad de ser el dueño?