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  • INtercambio telegrafico.. me descoloco un poquito je

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #263367  por lunita_44
 
hola colegas!!! Bueno tengo un temita q me descoloco un poco, y si bien tengo algunas teorias quiero saber sus opiniones a ver si comparten o no, relacion de trabajo en negro, empleada domestica (les aclaro mande artilleria pesada voy por ley 24.013 y todo lo demas segun inconstitucionalidad del art. 2 LCT y todo lo q se oponga porq para mi asi deberia ser, obviam tengo hechas dos liquidaciones la idea es negociar). Mi clienta, joven muy humilde y muy trabajadora, tiene q dejar de trabajar por motivos ajenos a ella, No puede continuar la relacion porq el empleador anda en cosas ilegales y ella tuvo varios problemas con eso, la llevaron a la comisaria le metieron miedo de q ella era complice etc etc.. ella viene a mi diciendo q quiere considerarse despedida por ese tema, como esta en negro, coincidero yo q no puede despedirse sin intimar el blanqueo entonces mando TL de rutina s/ trabajo en negro, denuncio real fecha de ingreso en 9/05, horario de trabajo lunes a sab. de 8 a 14 hs. y pido dif, salariales y demas rubros correspondan, a su vez intimo ingrese los aportes en 30 dias, y conteste en 48 si registrara... me contestan textualm lo sig:

EN MI CARACTER DE APODERADO PARA ASUNTOS JCIALES Y EXTRAJUCIALES DEL SR. CON DOM. EN Y CON EXPRESAS INSTRUCCIONES RECIBIDAS EXPRESO QUE: CON RELACION A SU TELEGRAMA LABORAL DE FECHA RECEPCIONADO CON FECHA , RECHAZO EL MISMO POR IMPROCEDENTE Y MALICIOSO. MIENTE UD. FECHA DE INGRESO DADO QUE FUE EN OCTUBRE DE 20006 HASTA Q RENUNCIO A SU TRABAJO EN ENERO DE 2007 (CONTRA ART. 58 lct MMM ) INGRESANDO A TRABAJAR EN JULIO/AGOSTO DE 2008 HASTA QUE HIZO ABANDONO DE TRABAJO POR SU EXCLUSIVA CULPA EN OCTUBRE DE 2008 (OTRO ERROR NO INTIMO RETORNE A TRABAJAR) . SOLICITO A UD. PROCEDA A DETALLAR LA DIF. DE HABERES SOLICITADA. FECHO PROCEDERA MI MANDANTE A REGULARIZAR SU SITUACION ANTE LOS ORGANISMOS PERTINENTES. PONGO WN SU CONOCIMIENTO Q ES INTENCION DEL SR. PRESERVAR LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO POR LO Q SE LE MANIFIESTA SU PREDISPOSICION PARA SOLUCIONAR LAS DIF. Q PUDIERAN EXISTIR. ATTE.

FIRMA EL ABOGADO

1.- Me surge el tema de la representac del abogado q la alega y la conocemos pero no la prueba.. entonces yo contesto al abogado o al sr?? creo q al sr.
2.- Me descoloco q NO niega la rel. laboral.. pero... creo q al No aceptar las fechas q ella dice tengo der. a considerarla despedida o no?? igual me parece intempestivo, pensaba en volver a mandar diciendo cual es la dif salarial y manteniendo q quiero regularizac por toda la fecha q Ella dice..
3.- en realidad no se cual es la mejor estrategia en base a su buena predisposicion, no es al idea ir a jiicio sino conseguir dinero en concepto de indemz la chica queria seguir trabajando y necesita mucho el trabajo pero por inconducta del patron no puede volver...

les transcribi textual.. espero puedan darme una mano la verdad esperaba q negara el vinculo jeje me descoloco!!!!!!!!!!! igual no es el caso de otros post q hay en el foro q se allana a todo cumplinedo.. aca no hace ni una cosa ni la otra eso no me cierra...

gracias colegas!!!!! Espero otra vez mas su colaboracion!
 #263479  por KELY40
 
Estimada Lunita.- Lo más importante de tu caso es que el mismo empleador reconoció la relación laboral, estando en negro..., además dicha relación es muy facil de demostrar segun tu comentario, acordate que si estás en provincia se exige la libreta de trabajo para empleado de servicio domestico sino la tiene, es una prueba más para demostrar la falta de registración.-
Así que desde mi humilde opinión creo que estás en condiciones de remitir 2 telegrama laboral considerandola despedida y por supuesto hacer los reclamos de toda la lct previa pedido de inconstitucionalidad del estatuto del servicio doméstico y del art. 2 de la lct.-
Espero haber sido útil.-
 #264176  por DAL
 
SAcando que la 24013 no corresponde, no tenes injuria para darte por despedida.
YO llamaría por telefono al abogado, me sentaría a tomar un cafecito, y le diría que no puede volver porque conoce las "chanchadas" del jefe, la apretó la policía y ella se quiere ir, calladita y con los suyo bajo el brazo, para evitarse problemas para ella y para su jefe (esto ultimo muy importante y destacado). Este es el camino más corto (y más serio) a un arreglo ya que hay buena "predisposición" del empleador. Aprovechá que te tiran una soga.
 #264311  por lunita_44
 
Gracias Dal por el consejo del cafecito.. lo hare..
No se porq decis q no hay injuria... aunq no vaya la ley 24.013 (en un post de ppcio de año vos misma decias q era discutido) si no me reconoce toda la relacion laboral es injuria o no?? el igualm debe aportes por todo el periodo aunq no se aplique el art. 9 o estoy equivocada?
O sea mi pregunta es.. porq no hay injuria??? porq no se aplica la ley 24.013 o porq??
 #264327  por DAL
 
Exacto, no es que no va, sino que esta discutido la aplicación de la 24013. De ehcho en un juicio me dieron esa indemnización (luego se anuló la sentencia pero por otros motivos, y se llego a un arreglo). Es la 25323 la que claramente no va.
Aun no tenes injuria me parece poruqe en mi opinion deberías mandar otro, como vos decís.
NO te desconoce la relación laboral.
Te alega ingresos y egresos. Esto es raro como invento. Quizá fue cierto. Fijate si es cierto y si no lo es RECHAZA CATEGORICAMENTE la renuncia y reingreso.
Te pide que liquides. Y te dice que quiere conservar el contrato
En mi opinion habria que mandar una carta más ratificando o rectificando la cuestion de ingresos y egresos. En ultima instancia habrá que estar a las pruebas.
Las diferencias salariales que te pide que liquides, no puedo opinar porque no pusiste montos, pero te reconoce el horario por lo que deberías revisar el sueldo de la escala y el percibido.
Fijate que vos agregás qeu actua contra el art. 58 LCT y además para configurar el abandono no te intimó. Estas dos pautas son de la LCT que no se aplica a servicio doméstico. Y además la LCT pide la intimación para configurar el abandono como despido, pero acá no te despide. Por eso no olvidarse de poner algo que zafe la cuestion mientras tanto: negativa de tareas, negativa de ingresos, etc. Hay que ver como pusiste el primer telegrama para zafar la ausencia. Yo pondría ahora que esta a disposicion y que le den tareas (sin demasiado plazo, nada de intimar por 24 horas, a ella no le conviene ir a trabajar sino esperar en su casa el desenvolvimiento de las cartas).

Por eso me parece que aún no tenes injurias. Vos con o sin aplicación de la 24013 intimás registración y denuncias las circunstancias de esa registración, pero en definitiva el empleador SE AVIENE A REGISTRAR por lo que no tenes todavía injuria. Me parece que darse por despedida por no reconocerte esos meses es precipitado, con la "buena" disposición mostrada en los papeles por el empleador.

Por eso yo mandaría otra con mucho cuidado para reencauzarla, obvio que mientras tanto tomo el cafecito, pero no haría un despido en estas circunstancias. Hay que pilotearla un poquitín más.
Por lo menos así lo veo yo.
 #264365  por lunita_44
 
Gracias Dal!! Seguram tengas razon.. yo lo q planteo es: reconoce pero muuuy poquito.. en total ella trabajo 3 años (consta en las declaraciones de la comisaria, testigos, etc etc) y el le reconoce 7 meses!! entonces es muy simple para el pagar 7 meses de aportes y cagarle todo der. a indemnizacion... entonces perfecto intimo de nuevo.. pero y si lo piensa reconoce toooodos los años y la regula?? tiene q volver atrabajar y sin indemnizacion alguna!!! no quiere eso... ese es mi gran dilema...
Pero bueno hare lo q me aconsejas...
-. Por otro lado: ella no va mas porq dijo q no iba a ir hasta tanto no cumpla (entonces ahora contesto lo q el me pide para regularizar y hasta q no pasen los 30 dias y efectivam la regularice no tiene q volver me parece a mi) y eso del art. 58 LCT... hayyyy me salio sin pensar!!! no puedo creer la injustica de q no se apliquen supletoriam las normas de la LCT como a cualquier trabajdor!!!!!!!!!!
- lo de las dif. salariales son pocas: ella cobraba 800$ mensuales y segun nueva escala es 400 y algo por cuatro horas y lo q excede 6,90$ la hora lo q me da un total de 825 asi q como veras no es nada...

Bueno gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! esta muy bueno escuchar otras ideas!!!
(espero q aparezcan masssss je)
saludos!!