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 #121225  por SHT
 
NEC UN MODELO DE RENUNCIA COMO ABOGADO DEFENSOR, MI CLIENTE Y EL CASO ME SUPERAN, Y NO VEO UN MANGO, DESDE YA GRACIAS.-
 #121344  por macero
 
SHT escribió:NEC UN MODELO DE RENUNCIA COMO ABOGADO DEFENSOR, MI CLIENTE Y EL CASO ME SUPERAN, Y NO VEO UN MANGO, DESDE YA GRACIAS.-
No existe un modelo de escrito de renuncia, solo tenes que hacer mencion de los datos de la causa y manifestar tu voluntad de renunciar al patrocinio letrado de su defendido.
No existe un modelo, solo tenes que hacerselo saber al Juzgado de Garantías interviniente (si es en prov. de Buenos Aires).
Sldos.
 #121707  por Pandilla
 
Este es un escrito de Excusación por motivos de salud, (claro, excusación es una cosa y Renuncia es otra cosa), según Art., 106 del CPP:

Letrado designado se excusa (art. 106)

Señor Juez en lo Penal:

Leo Podersi, abogado, matriculado bajo el tomo … y folio …, con domicilio constituido en la calle …, piso …, oficina … de esta Capital Federal, a V.S. digo respetuosamente:

Que he sido nombrado defensor del imputado Felipe Taretti, en la causa que se instruye en el juzgado presidido por S.S., a fs. …

Que mi antecesor ha sido el defensor oficial quien ha desarrollado una encomiable labor, desconociendo el porqué de su remoción por parte del imputado.

Se excusa

Que de acuerdo al primer párrafo del artículo 106 del Código Procesal Penal, debo excusarme de atender esta designación en virtud de estar afectado por una dolencia que requiere de mi reposo y próximamente de una internación en sanatorio, por lo que mal podría ocuparme del trabajo encomendado.

En caso de ser requerido, podré acercar a autos los certificados médicos que dicen de esta situación.

Tenerlo presente y reemplazarme,

Será Justicia

Firma y sello
 #121860  por 123justicia
 
SHT escribió:NEC UN MODELO DE RENUNCIA COMO ABOGADO DEFENSOR, MI CLIENTE Y EL CASO ME SUPERAN, Y NO VEO UN MANGO, DESDE YA GRACIAS.-
Los temas penales, no son temas para tomarlos a la ligera.
por ello antes del comienzo se ha de estudiar muy minuciosa y cuidadosamente desde todas las areas.
y decidir por si lo tomo o no, lo tomo.- :wink:

 #121912  por poorlaw
 
Hola SHT:

Coincido con macero y 123justicia. Agrego que aunque hagas abandono de la defensa de tu cliente, igual estás obligado a continuar con la misma hasta que el defensor oficial se haga cargo (CPP art. 102; CPPBA art. 97).
Con respecto al modelo, fijate que Pandilla aclara que es para excusarse, particularmente cuando te desinsaculan de la matrícula y te obligan a la aceptación.

Además del consejo de 123justicia, la moraleja es que en penal siempre hay que cobrar por adelantado.

Saludos.
 #284478  por libertador
 
Entiendo que hay que cobrar por adelantado en penal, pero mucha gente no tiene el total del dinero de lo que vale un proceso penal. Les cuento mi experiencia: elevaron recientemente a juicio oral una causa en la que soy abogado defensor de un joven de 20 años, no he llegado a un acuerdo respecto de los honorarios para el juicio oral con la familia de mi cliente (me querían dar 500 pesos). Quiero renunciar a la causa, litigo en el depto judicial de mercedes, la pregunta es: te hacen mucho problema en los juzgados con este tipo de presentaciones??? que se acostumbra consignar en el escrito de renuncia como motivos para no tener inconveniente alguno???
 #284651  por Pandilla
 
Hola libertador, entiendo que se puede renunciar aún durante el debate oral. Sin embargo, algunos de los distintos momentos del proceso, tienen, a su vez, distinto Valor. O sea, se requiere de una razón de mayor gravedad durante el transcuro del debate oral que durante la IPP. En su caso, habría una razón de tipo $$$. Igualmente, hay una parte del CPPPBA dedicado al tema.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #284783  por feragus
 
Podés poner: por desacuerdo con mi asistido respecto a la estrategia de defensa o por motivos personales o porque perdiste contacto con tu cliente (si está detenido esto no iría). Solicitá que te tengan por separado de la defensa una vez que asuma el defensor oficial que por turno corresponda o hasta tanto tu cliente (ex) designe nuevo letrado de confianza.
 #284785  por feragus
 
GABRILITAIURIS escribió:hola, para renunciar al patrocinio de la victima, tambien tengo que esperar a que tome el cargo ...quien? :oops:
En capital o en provincia?
 #284836  por feragus
 
Si es solo víctima, no es indispensable el patrocinio letrado. Si, en cambio, está constituida en particular damnificado, ante tu renuncia puede acudir al Centro de Asistencia a la Víctima (art. 85 del CPPBA), aunque no sé donde funciona. Debiera preguntar en la fiscalía que interviene en la causa. Atento a ello, considero que vos podés renunciar sin problema alguno.
 #284855  por libertador
 
El titulo del post es renuncia abogado defensor. No entiendo por que se habla de particular damnificado??
 #284923  por feragus
 
libertador escribió:El titulo del post es renuncia abogado defensor. No entiendo por que se habla de particular damnificado??

Y...porque alguien -Gabrillitarius- desvió tu post hacia esa pregunta. Yo respondí a los dos.