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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #285629  por juliana
 
Hola! La consulta es como reclamar el derecho hereditario de una hija biologica menor, sobre una casa comprada por su padre a traves de un credito hipotecario en una banco.
El "reclamo" es porque allí viven la ex-concubina y tres menores a los cuales este hombre les dio su apellido(pero NO son HIJOS BIOLOGICOS).
Cualquier duda en mi consulta la aclarare de inmediato. la consulta es urgente. porque la ex-concubina sigue generando gastos y se pretende un definición en cuanto a estas atribuciones que se esta tomando. Se esta intentando evitar una impugnacion de reconocimiento por el daño psicologico y moral pero uno se cansa de que te tomen por gil!
Gracias.
 #285685  por 123justicia
 
si estan reconocidos, son exactamente igual que los hijos biologicos-- hasta tanto se impugne y pruebe lo contrario.- :|
 #286104  por juliana
 
entonces el derecho hereditario lo tienen los cuatro !
porque esta ex-concubina y sus tres hijos creen tener derecho absoluto sobre esta casa cuando en realidad el derecho hereditario de este inmueble recae en todos los hijos los reconocidos (aunque hasta ellos sepan que no son biologicos) y los biologicos!!!!
capice justicia!!!!
 #286217  por Monig
 
juliana escribió:entonces el derecho hereditario lo tienen los cuatro !
porque esta ex-concubina y sus tres hijos creen tener derecho absoluto sobre esta casa cuando en realidad el derecho hereditario de este inmueble recae en todos los hijos los reconocidos (aunque hasta ellos sepan que no son biologicos) y los biologicos!!!!
capice justicia!!!!
Pero considero que hasta que no abran el juicio sucesorio nada podrán hacer. Al hacer el sucesorio no creo que se pongan de acuerdo respecto de lo que harán con la cuarta parte que le corresponde a cada uno por lo que tendrá que ir a remate para distribuirse el producido. De todos modos esperá otras opiniones.
 #286904  por ELISEA_SEP
 
tengo una dudaa)¿ la hija biologica esta reconocida? b)la adquisicion y paga de la casa hiopotecada la hizo durante el tiempo del concubinato con el aporte solo del padre o la concubina tambien puso plata .....(acordate del regimen de la sociedad de hecho para el concubinato)
Y con respecto a los hijos que adopto como propios no te cabe impuganar la paternidad, asi que lo unico que te quedaria desde lo que planteste seria pedir una medida precautoria de no innovar e iniciar el sucesorio para que a cada uno le toque lo que le corresponde.-
mucha suerte
 #287005  por juliana
 
si esta reconocida la hija biologica y la casa se esta pagando porque es un credito en el que si puso y pone plata la ex concubina pero paraeso hay que tener pruebas tambien no.
y si se puede impugnar segun opiniones de este foro.
los hijos biologicos tienen el derecho de impugnar como asi el padre biologico!!!!
 #287086  por fabidoc
 
No es claro, si el padre de la hija biólogica tenía un crédito hipotecario, seguramente lo fue pagando mientras vivía con la concubina.Quizás ésta contribuyo al pago.Por lo tanto, habría una sociedad de hecho concubina-padre, con lo cual el 50% del padre habría, en principio, que distribuírlo entre los cuatro hijos reconocidos por aquel. A menos que se impugnara reconocimiento, siempre y cuando se esté dentro del plazo legal para hacerlo. O sea, desplazar a la concubina no va a ser tan fácil. Tampoco a los hijos no-biológicos.Tendrías que aclarar la situación.
 #287853  por tribunodoc
 
hola soy grabriel, por ahi lo que te diga te puede servir, fijate si los menores fueron reconocidos o adoptados, en el caso que el no sea padre biologico y los reconoció, no tiene ningun valor y podes iniciar una accion de impugnacion de filiacion, ademas una causa penal contra la madre por sustitucion de identidad, esto es, debido que el unico camino es la adopcion en caso que el menor sea hijo biologico de otro padre. espero te sirva. saludos
 #287890  por juliana
 
[quote="tribunodoc"]hola soy grabriel, por ahi lo que te diga te puede servir, fijate si los menores fueron reconocidos o adoptados, en el caso que el no sea padre biologico y los reconoció, no tiene ningun valor y podes iniciar una accion de impugnacion de filiacion, ademas una causa penal contra la madre por sustitucion de identidad, esto es, debido que el unico camino es la adopcion en caso que el menor sea hijo biologico de otro padre. espero te sirva. saludos[/quote]


gracias tribunodoc hasta ahora nadie me habia dado esta informacion.
Me parece lo más coherente.
 #287891  por juliana
 
[quote="fabidoc"]No es claro, si el padre de la hija biólogica tenía un crédito hipotecario, seguramente lo fue pagando mientras vivía con la concubina.Quizás ésta contribuyo al pago.Por lo tanto, habría una sociedad de hecho concubina-padre, con lo cual el 50% del padre habría, en principio, que distribuírlo entre los cuatro hijos reconocidos por aquel. A menos que se impugnara reconocimiento, siempre y cuando se esté dentro del plazo legal para hacerlo. O sea, desplazar a la concubina no va a ser tan fácil. Tampoco a los hijos no-biológicos.Tendrías que aclarar la situación.[/quote]


el caso es exactamente así como lo describis. Ahora, supongamos no se impugnara. Es posible que el señor pueda ceder a la concubina su 50% a travez de una declaracion en la que cede con la firma de un juez de paz? esto anula el derecho de repartir el 50% de la casa entre estos 4 hijos?
 #288384  por DAL
 
Se violaría la legitima con esa disposición, a más de tener que tener forma de testamento. Para cesión de derechos debería tener forma de escritura.
Si la vivienda se compró con crédito hipotecario, todos tienen seguro de vida del deudor. Si el deudor es el fallecido, el seguro debio cancelar el saldo deudor. Si no lo canceló es porque la mujer es co-deudora y co-propietaria.
Ahi falta estudio de los elementos (titulo).
 #288549  por juliana
 
[quote="DAL"]Se violaría la legitima con esa disposición, a más de tener que tener forma de testamento. Para cesión de derechos debería tener forma de escritura.
Si la vivienda se compró con crédito hipotecario, todos tienen seguro de vida del deudor. Si el deudor es el fallecido, el seguro debio cancelar el saldo deudor. Si no lo canceló es porque la mujer es co-deudora y co-propietaria.
Ahi falta estudio de los elementos (titulo).[/quote]

ok. es un credito hipotecario que aun se esta pagando. por lo tanto no existe escritura a nombre de el deudor y la codeudora que en este caso es la concubina.
para mi la cesion de derechos de ese 50% de la casa hipotecada realizada ante un juez de paz, no es suficiente. el señor podría reclamar en cualquier momento ese 50% ya que no cuenta con ningun bien mas que ese a su nombre y posee mas hijos a parte de los tres que viven en esa casa.
 #289840  por juliana
 
el señor del que hablamos no murio.
el señor va a solicitar en el banco donde saco el creidto que la saquen a el como deudor y lo pongan al padre de la que tiene el codominio con èl.
pero que paso con lo aportado hasta que se fue de la casa y de nuevo, que pasa con el derecho que tienen sus hijos a esa casa.
este hombre quedo en pampa y la via por que se separo. solo se llevo nada en absoluto.
no es justo que nada se pueda hacer.
es terrible!!!
y todos contestan cosas distintas. no se puede creer es mas que frustrante!
 #290252  por DAL
 
Juliana no entiendo para nada tus planteos.
Esta afirmación:

"ok. es un credito hipotecario que aun se esta pagando. por lo tanto no existe escritura a nombre de el deudor y la codeudora que en este caso es la concubina".

Si la situación es de credito hipotecario, la cosa es así: hay una o dos escrituras. En una el vendedor vende al comprador el bien y el cliente resulta adquirente. Habrá que ver si adquiere solo o en condominio. En la misma o en otra escritura, hipoteca la propiedad a favor del vendedor por saldo de precio o a favor de un banco que le prestó el dinero.
Es decir, HAY ESCRITURA, y la escritura canta quien es titular.

Tu consulta me resulta confusa. Sos abogada o consultas por un caso particular, ya que vi otro tema tuyo de un embargo que tiene imprecisiones que me llevan a pensar que no sos abogada, tal vez todavía.
 #292804  por juliana
 
es una caso particular. gracias por responder. es que no hay muchos abogados en este pueblo y la situación es muy injusta.