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 #304001  por justicecef
 
Por juicio abreviado a mi cliente le ofrecen tres años y seis meses. El solo estuvo detenido cinco meses y durantes dos años y cinco meses esta gozandod e una excarcelacion extraordinaria. Es primario , y ha cumplido a rajatabla con las normas impuestas por el Juez. Si acepta el abreviado en principio deberia cumplir con catorce meses de detencion o a decir verdad catorce meses menos cinco que ya cumplió es decir nueve meses. La pregunta es esta ¿ hay posibilidad de que esos nueve meses que le faltaría para llegar a la condicional , los cumpla mediante arresto domiciliario? ¿Esto se podrá acordar con la Fiscalía? Desde ya muchas Gracias.
 #304015  por Pandilla
 
Hola justicecef, yo también dudo: "el juicio abreviado ¿se aplica sólo a los delitos cuyas pena máxima no supere los 3 años...?
En cuanto a su pregunta en sí misma, y por lo expresado por Usted, entiendo no podría existir inconveniente alguno para solicitar el cumplimiento en domicilio.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #304116  por poorlaw
 
Hola justicedef:

Perdoname, planteo más dudas que respuestas, la cuenta no me dá :oops:

Si la pena ofrecida es de 3 años y 6 meses, se podría llegar a la libertad condicional con 2 años y 4 meses (2/3). A eso le restaríamos los 6 meses de egreso anticipado por libertad asistida (art. 54 ley 24.660; en PBA, art 104 ley 12.256). Nos queda 1 año con 10 meses. A eso le restamos los 5 meses de preventiva. Quedaría 1 año con 5 meses = 17 meses.

No entiendo cómo llegás a 14 meses de pena. Entiendo que no se cuenta el plazo de excarcelación a los fines del cómputo de pena del art. 24.

Por favor, si me equivoco, que alguien me corrija la cuenta :(

Saludos.
 #304132  por Dr Pucho
 
si, rara forma de sumar y de restar, (3 + 1 son dos y 2 + 5 son cuatro y algo).

Dr. Pucho
 #304496  por feragus
 
Es cierto, las cuentas no dan.
Más allá de ello, a la asistida -en provincia- se llega con 6 u 8 meses (no estoy seguro cuál de los dos) antes de la condicional, es decir, en la pena de 3 años y 6 meses, la asistida sería a los 2 años y 2 meses o a los 2 años.
No coincido con Pandilla, la pena no se puede cumplir con arresto domiciliario, salvo que se trate de uno de los supuestos previstos (mayor de 70 años, por ejemplo). El arresto domiciliario que tiene ahora lo tiene en carácter de procesado y se trataría de una morigeración de la prisión preventiva, distinta a cuando el imputado resulta condenado y debe cumplir pena, como la mayoría de los mortales en una cárcel.
Creo que lo mejor sería esperar el juicio oral
A propósito, de que se lo imputa?
 #304592  por N A T A L I A
 
Es verdad, a mi támpoco me dan las cuentas.
Estoy de acuerdo con feragus. No hay lugar para que cumpla el arresto domiciliario. El "beneficio" (derecho en verdad) del que esta gozando seguramente le fué otorgado como morigeración de la PP.
Los casos estan mencionados taxativamente y no creo que con lo rígidos que estan con el tema en la Prov de Bs As te hagan lugar a una excepción, por mas derechos humanos que invoques (y que se encuentren implicados)
Por otro lado, me sumo a la curiosidad de saber que delito se le imputa :roll:
Me parece que los tres años y seis meses es un capricho del fiscal para que tenga cumplimiento efectivo.

Saludos
 #304919  por Dr. Neurus
 
Me pregunto: si esta persona ha cumplido, ¿de qué la va complicarle la vida.....?

Dr. Neurus
 #305126  por feragus
 
Dr. Neurus escribió:Me pregunto: si esta persona ha cumplido, ¿de qué la va complicarle la vida.....?

Dr. Neurus
No entiendo la pregunta, pero si es lo que pienso, lex dura lex (o como se diga y escriba).
El cumplimiento de pena en el domicilio es un beneficio que tienen personas que están en ciertas condiciones.
Para mí, lo mejor que podría hacer el consultante es dilatar la firma del abreviado (yo iría a juicio en realidad) para que su cliente siga en el domicilio, así si el día de mañana tiene que ir a prisión, lo va a tener que hacer por menos tiempo, porque el arresto domiciliario se computa como cumplimiento de pena. Y si tiene suerte, hasta puede evitar que su cliente vaya a prisión si dilata bastante el juicio.