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  • Honorarios en daños y perjuicios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #332920  por Vivor
 
Buen día colegas!

Se me presenta el caso de patrocinar a un cliente del interior del pais como demandado en un proceso por daños y perjuicios en Capital Federal.

El monto de la demanda es de $130.000.

Tengo que contestar demanda y de ahí para adelante.

Vamos a hacer un convenio de honorarios. Me podrían orientar sobre:
1) cuánto se cobra por este patrocinio (hacer todo) y
2) cuánto si me mandan la demanda y los demas escritos hechos y solo debo firmarlos y presentarlos???

Como siempre muchisimas gracias!!

Vivor
 #337839  por Evander
 
yo trabajo mucho con pacto de cuota, por el 20 o 30 % de acuerdo al caso. Eso te permite también la regulación contra el condenado en costas.
Pero si no hacés pacto... mínimo, tenés que cobrar el 10 % de 130.000. Recordá que los honorarios son del 10 al 20 % del monto del juicio -según la ley de honorarios donde yo vivo-. Aclará que solo comprende gestiones hasta la sentencia de primera instancia... porque sino, si hay apelación, tenés más laburo e igual $$$.
Si te mandan todos los escritos hechos... yo cobraría no menos de la regulación dividida en 2 con el que te pasa el juicio, o bien el 5 % del monto del juicio.
Mi criterio... espero te sirva, saludos,
 #337970  por Vivor
 
Gracias, Evander.

Te cuento que finalmente se lo dieron a un abogado que lo agarró por $2.000.-

Considero que ese colega regala su trabajo. No te parece?

Gracias nuevamente por tu aporte que me servirá para casos futuros!!

Saludops.
 #338271  por Evander
 
Lamento escucharlo. Estoy de acuerdo contigo, pero no te preocupes que lo barato sale caro ajajaj (y si... hay que ponerle humor y seguir adelante). Un abrazo y suerte!
 #340065  por MAXDEMIAN
 
Vivor, antes de firmar los escritos hechos para asegurarte una "x" cantidad de honorarios asegurate bien que el caso este bien llevado, que los escritos esten bien hechos, caso demanda, art 330 bla bla, porque si por defecto legal y un error en subsanar a tiempo el mismo tu cliente pierde el derecho, vos sabes que existen colegas que buscarian el modo de destrozarte por tal error respecto del derecho perdido de tu cliente.-

Respecto de los valores es relativo, podes pactar un 15 con el cliente mas los honorarios que se regulen respecto de la otra parte para con vos en la sentencia.- :)