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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #346428  por kzoe72
 
AUXILIO, NECESITO SABER SI EXISTE ALGUNA SALIDA PARA UNA PRESENTACION EXTEMPORANEA DE CONTESTACION DE TRASLADO.
UN EMPLEADO DEL ESTUDIO GUARDO CEDULAS Y ESTUVO ENFERMO, HOY ME ENTREGARON LAS MISMAS Y TENGO EL TRASLADO DE UNA CONTESTACION DE DEMANDA QUE YA VENCIO. SE PUDE PRESENTAR COMO UN ESCRITO COMUN, MANIFIESTA, SIN APORTAR PRUEBAS NUEVAS, SE PUEDE PRESENTAR COMO GESTOR PROCESAL SIN LA FIRMA DEL ACTOR O APODERADO, Y EXPLICAR ENFERMEDAD O ALGO POR EL ESTILO. POR FAVOR AYUDENME, YA QUE NO ENCUENTRO SOLUCION MAS QUE PRESENTARLA Y QUE ME LA TNGAN COMO EXTEMPORANEA. ADEMAS , QUE INCIDENCIA TIENE SOBRE EL JUICIO, BASICAMENTE, LA DEMANDADA SOLO SE OPONE A UNOS PUNTOS DE PERICIA.
 #346432  por KELYNA
 
kzoe72 escribió:AUXILIO, NECESITO SABER SI EXISTE ALGUNA SALIDA PARA UNA PRESENTACION EXTEMPORANEA DE CONTESTACION DE TRASLADO.
UN EMPLEADO DEL ESTUDIO GUARDO CEDULAS Y ESTUVO ENFERMO, HOY ME ENTREGARON LAS MISMAS Y TENGO EL TRASLADO DE UNA CONTESTACION DE DEMANDA QUE YA VENCIO. SE PUDE PRESENTAR COMO UN ESCRITO COMUN, MANIFIESTA, SIN APORTAR PRUEBAS NUEVAS, SE PUEDE PRESENTAR COMO GESTOR PROCESAL SIN LA FIRMA DEL ACTOR O APODERADO, Y EXPLICAR ENFERMEDAD O ALGO POR EL ESTILO. POR FAVOR AYUDENME, YA QUE NO ENCUENTRO SOLUCION MAS QUE PRESENTARLA Y QUE ME LA TNGAN COMO EXTEMPORANEA. ADEMAS , QUE INCIDENCIA TIENE SOBRE EL JUICIO, BASICAMENTE, LA DEMANDADA SOLO SE OPONE A UNOS PUNTOS DE PERICIA.

Antes que nada contaste bien el plazo con los feriados que hubo?? Para el caso de que el plazo este vencido, presentate igual para que no le decreten la rebeldia a la parte, saludos.-
 #346433  por KELYNA
 
Al presentarla extemporaneamente, te van a tener por no contestada la demanda, lee no se si el juicio es de capital o de PRov pero leete:(art 28 ley 11653 en Prov, y art 71 ley 18345 en Capital), saludos
 #346506  por kzoe72
 
Es en capital, pero soy parte actora y la demanda se contesto, lo que tengo que contestar extemporaneo es el traslado de la contestacion de la demanda.Es mi primer juicio laboral, y lei y lei y no tengo claro que significancia tiene en la resolucion el tema de contestar extemporaneamente o no contestar el traslado de la contestacion. No tengo prueba nueva para ofrecer, salvo el reconocimiento de documentacion que presenta la demandada, que son recibos de sueldo y telegramas. Si refutar algunos puntos, como oposicion a ciertas pericias, pero si no contesto, el juez toma estas oposiciones sin mas? Gracias
 #346518  por walterius
 
Hola! A ver... por lo que decís no tenés dramas. Si la demanda es en capital, allí no corresponde la contestación de la contestación. O en otras palabras la "replica" de la contestación. Ya que está vedado. En provincia sí va el segundo traslado. O sea que lo único que te queda una vez que ellos contestan demanda es el ofrecimiento de pruebas, que si ya lo hiciste no tenés problemas. Ahora, el único inconveniente es que ellos hayan planteado hechos nuevos o alguna excepción, para cuyo caso si se te complica, pero no surge de tu relato que sea esa la situación. Por lo que no tenés mayores inconvenientes. Ahora... qué fenomeno tu empleado no!? slds.
 #346524  por KELYNA
 
kzoe72 escribió:Es en capital, pero soy parte actora y la demanda se contesto, lo que tengo que contestar extemporaneo es el traslado de la contestacion de la demanda.Es mi primer juicio laboral, y lei y lei y no tengo claro que significancia tiene en la resolucion el tema de contestar extemporaneamente o no contestar el traslado de la contestacion. No tengo prueba nueva para ofrecer, salvo el reconocimiento de documentacion que presenta la demandada, que son recibos de sueldo y telegramas. Si refutar algunos puntos, como oposicion a ciertas pericias, pero si no contesto, el juez toma estas oposiciones sin mas? Gracias

KZOE72 , bueno estas un poco mejor entonces, pense que ibas por la demandada. Olvidate entonces de lo anterior.

El segundo traslado para ofrecer o ampliar la prueba si no lo hicistes al iniciar la demanda u oponer excepciones para el caso que se el demandado las hubiese planteado (art 76 ley 18345).-

Decis que no tenes nueva prueba para agregar, por suerte la ofreciste toda al inicio entonces. Respecto a la documentación que presento la demandada, (recibo y telegramas si los pensabas desconocer? y si querias formular oposición a ciertas pericias (no se cuantas pidió el demandado)) no te los van a tomar vencido el plazo.-

Rebelde no estas eso si!!!!, presenta la contestación igual, te tendran por contestado en forma extemporanea.-

Y se procedera a proveer la prueba.-

Saludos.-
 #346600  por kzoe72
 
Gracias a todos!!! ya la presente y presente un escrito aparte explicando la extemporaneidad, por suerte la prueba la presente toda al inciio de la demanda ( mejor que sobre y no que falte! ) lo uncio que me preocupa es el tema de la oposicion a 2 puntos de la pericia contable que para mi son importantes, pero sera a criterio del juez me imagino, y si mi empleado esta en capilla! es el hijo de uno de lo abogados de la oficina, asi que no puedo mas que darle un reto ! Desde ya gracias a todos!
 #346716  por KELYNA
 
kzoe72 escribió:Gracias a todos!!! ya la presente y presente un escrito aparte explicando la extemporaneidad, por suerte la prueba la presente toda al inciio de la demanda ( mejor que sobre y no que falte! ) lo uncio que me preocupa es el tema de la oposicion a 2 puntos de la pericia contable que para mi son importantes, pero sera a criterio del juez me imagino, y si mi empleado esta en capilla! es el hijo de uno de lo abogados de la oficina, asi que no puedo mas que darle un reto ! Desde ya gracias a todos!

kzoE72, No me dejes con la intriga, como parte actora, a que puntos te querias oponer y porque?? si podes cuando tengas un time contalo, saludos cordiales, y suerte
 #346762  por kzoe72
 
KELYNA TE CUENTO, EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA, SE OPONEN A LA PERICIAL CONTABLE, UN PUNTO QUE SOLICITE SE DETERMINE SI ALGUNOS EMPLEADOS QUE NOMBRO ESTABAN TRABAJANDO EN LA MISMA FECHA QUE EL ACTOR, QUE ANTIGUEDAD TENIAN Y SI SE PRODUJERON CAMBIOS DE HORARIO A FAVOR DE ELLOS. ESTAMOS RECLAMANDO POR UN DESPIDO INDIRECTO, DENTRO DE LAS CAUSAS HAY UN PROLONGADO PEDIDO DE CAMBIO DE HORARIO A SUPERIORES FORMALIZADO Y NUNCA REALIZADO Y SE PASARON A PERSONAS CON MENOS ANTIGUEDAD. EL ACTOR ERA UN EMPLEADO EJEMPLAR Y HACIA LAS VECES EL TRABAJO DEL SUPERVISOR QUE ES QUIEN LE IMPOSIBILITABA EL CAMBIO. TAMBIEN CON RESPECTO A LAS PLANILLAS DE HORARIO POR HS EXTRAS. ESO SERIA SOLAMENTE LO PEOR A PERDER LA OPORTUNIDAD DE REPLICA. TAMBIEN EN LA IMPUGANCION DE LA LIQUIDACION, ACLARO ALGUNAS COSAS COMO BASES DE CALCULOS, Y COMO SE LLEGA A DETERMINADAS CIFRAS, PERO OBVIAMENTE SE NIEGA TODO EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA.
TE MANTENDRE AL TANTO Y GRACIAS POR TU INTERES!
 #346782  por KELYNA
 
kzoe72 escribió:KELYNA TE CUENTO, EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA, SE OPONEN A LA PERICIAL CONTABLE, UN PUNTO QUE SOLICITE SE DETERMINE SI ALGUNOS EMPLEADOS QUE NOMBRO ESTABAN TRABAJANDO EN LA MISMA FECHA QUE EL ACTOR, QUE ANTIGUEDAD TENIAN Y SI SE PRODUJERON CAMBIOS DE HORARIO A FAVOR DE ELLOS. ESTAMOS RECLAMANDO POR UN DESPIDO INDIRECTO, DENTRO DE LAS CAUSAS HAY UN PROLONGADO PEDIDO DE CAMBIO DE HORARIO A SUPERIORES FORMALIZADO Y NUNCA REALIZADO Y SE PASARON A PERSONAS CON MENOS ANTIGUEDAD. EL ACTOR ERA UN EMPLEADO EJEMPLAR Y HACIA LAS VECES EL TRABAJO DEL SUPERVISOR QUE ES QUIEN LE IMPOSIBILITABA EL CAMBIO. TAMBIEN CON RESPECTO A LAS PLANILLAS DE HORARIO POR HS EXTRAS. ESO SERIA SOLAMENTE LO PEOR A PERDER LA OPORTUNIDAD DE REPLICA. TAMBIEN EN LA IMPUGANCION DE LA LIQUIDACION, ACLARO ALGUNAS COSAS COMO BASES DE CALCULOS, Y COMO SE LLEGA A DETERMINADAS CIFRAS, PERO OBVIAMENTE SE NIEGA TODO EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA.
TE MANTENDRE AL TANTO Y GRACIAS POR TU INTERES!

kZOE72

EN LA CONTESTACION DE LA DEMANDA, SE OPONEN A LA PERICIAL CONTABLE, UN PUNTO QUE SOLICITE SE DETERMINE SI ALGUNOS EMPLEADOS QUE NOMBRO ESTABAN TRABAJANDO EN LA MISMA FECHA QUE EL ACTOR, QUE ANTIGUEDAD TENIAN Y SI SE PRODUJERON CAMBIOS DE HORARIO A FAVOR DE ELLOS.-

Endiendo que vos querias refutar la oposición que hicieron ellos, pero tene en cuenta que si los puntos de la pericia que vos solicitaste sirven como prueba de tu pretensión, si no son manifiestamente inoficiosos, no creo que le hagan lugar a la oposición de la demandada, maxime teniendo en cuanta que en tu escrito de inicio habras manifestado (que a algunos trabajadores le concedieron cambios de horarios, etc). De todos modos si, en esta contestación que no pudiste hacer en tiempo, vos hubieras manifestado algo al respecto, siempre va a quedar a criterio del juez.

Con respecto a la liquidación siempre te la van a impugnar, por mas que aclares las bases de calculo, por eso despreocupate, siempre recorda que la liquidación la practicas, pero pones la frase..o lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse en autos.-

Saludos, y suerte.-