Hola. Una opción es esa, la de la denuncia policial (que termina en la que te voy a recomendar), la otra, sería a mi entender, preparas un escrito simple con el encabezado de "FORMULA DENUNCIA POR IMPEDIMENTO DE CONTACTO - LEY 24.270" relatas lo que viene ocurriendo, adjuntas una copia del convenio homologado, y formulas la denuncia por impedimento de contacto. (lee la ley, es simple e ineficaz para mi pero surte efecto ya que es en el fuero penal).
Ahora bien, esto lo presentas en la Camara Penal, se sortea y comienza el proceso.
Lo usual es que citen a las partes a una audiencia donde se produce el encuentro entre el menor y el padre que no lo ve (hay jueces que esto no lo hacen para evitar la presencia del menor en el ámbito judicial - psicología del niño), ahi mismo S.S. fija un Régimen de Visitas PROVISORIO más allá del que está en el Fuero Civil por 3 meses, saca copias de todo lo actuado y remite la causa al Juez de Familia quien es el que continúa con todo esto.
Sugerencia: 1.-) En el escrito solicita por las dudas, que sea acompañada por la fuerza pública.- 2.-) En la audiencia, solicita también que las visitas sean asistidas (asistente social) y que la misma realice un informe que deba ser entregado en el Juzgado (Penal) semanalmente, ahi salta si no lo quiere entregar porque esta enfermo y no lo está, etc. etc. etc.
Mucho más no vas a poder hacer, sin embargo, tu cliente va sumando antecedentes de la situación donde puede peligrar la tenencia del niño.
Por lo general, en un alto porcentaje, como es el fuero penal, la gente va y no falta.
Buena suerte.
Saludos.
Sol.