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  • impugnar pericia caligrafica!!!

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 #367195  por abogadacorrientes
 
Buenasss, tengo que impugnar una percicia caligrafica, el perito determino que la firma del documento dubitado no era concidente con el indubitado por lo cual no pertenecia a x persona.- Lo cierto es que el documento dubitado es un contrato de permuta de automotor y hubieron testigos presenciales que dan fe de la firma de esta persona.- Que puedo atacr en la pericia? se basó solamente en una firma indubitada habiendo otras de las mismas caracteristicas en el expte. Alguna ayuda.. Gracias
 #367302  por enzo fernando costa
 
Hola, abogada:
Toda pericia, del tipo que fuere, debe sustentarse en principios científicos aplicados a los signos bajo estudio.
En la pericia médica, por ejemplo, el dictamen debe sustentarse en la semiología, consistente en el examen físico, y los estudios complementarios de toda índole, y hoy en día cada vez más complejos y sofisticados.
En la pericia caligráfica, supongo que debe llevarse a cabo un detenido estudio de los rasgos, descomponiéndolos en sus elementos componentes del grafismo. Personalmente carezco de toda formación técnica como perito calígrafo, pero tengo formación en test grafológico, y supongo que deben tener muchas cosas coincidentes, tales como el análisis de la forma, la magnitud. la uniformidad, la inclinación, la extensión, el trazo, la cohesión, la ligereza, la dirección, la diagramación, la estabilidad, etc. El dictamen caligráfico debe entonces detallar los signos caligráficos en los que se funda, y demostrar que respolnde a un razonamiento científico consecuente.
O sea: ¡Pedí explicaciones detalladas al perito!
Suerte, y contanos el desenlace.
 #367758  por Ros
 
Perdon perito en linea es un miembro del portal, preguntale a el .-ros
 #368333  por documentologia
 
lo importante es saber si ya te notificaron de la impuganaicon ya que te corren los tiempos.
si queres atacar la impugnacion por el material indubitado tenido en cuenta desde ya te digo que no, porque el perito que es quien posee los conocimientos tecnicos es el que tiene que determinar que documentos sirven y cuales no, para que podamos ayudarte dans mas datos.
saludos
 #368690  por mintaka108
 
Hola, respecto al tema de pericias caligráficas hay dos opciones, según mi entender. La primera sería, -en este caso entiendo que ya no-, pero para tenelo en cuenta para otro juicio de similares características, podes designar perito de parte al momento de ofrecer prueba.
Entonces al momento de tomar cuerpo de escritura está presente el caligrafo designado por sorteo y el que ofrece la parte. La única que te quedaría, si mal no entendí esto tramita en la provincia de Corrientes, tendrías que pedir ayuda a algún colega de esa jurisdicción es averiguar si allá hay un cuerpo forense al que puedan pasar las actuaciones para que se expidan antes de dictar sentencia.
Una vez en un Juzgado Comercial de Capital Federal, pedi el pase al Cuerpo de Peritos Calígrafos de la Policía Federal antes de que se dicte sentencia y el informe fue diametralmente opuesto. Te reitero, no se si en Corrientes existe algo similar. Suerte. :P
 #368948  por viko
 
segun entiendo , para impuganr pericia, debes hacer notar claramente los errores tecnicos o del arte del perito. y esto no lo puedes hacer "a ojo de buen cubero", ningun juez te lo aceptará. asi que deberias ofrecer una contrapericia de parte. o directamente hacerte asesorar por un perito, y junto con el escrito de impuganacion, acompañar sus conclusiones. saludos
 #392526  por vsfconsultora
 
La prueba pericial, teniendo en cuanta la importancia que tiene, debe ser valorada, atacada o perfeccionada con la mayor amplitud posible.
Impugnaciones por fallas técnicas:
En general se puede afirmar que sería impugnable la pericia que:
1º) Transgrede la ciencia aplicable
2º) Evidencia omisiones o excesos técnicos que hacen al fondo de la cuestión
3º) No expone los fundamentos científicos mínimos
4º) Demuestra el exceso del perito en apreciaciones subjetivas o que se aparten de la investigación encomendada
5º) No ha tenido en cuenta la totalidad de los elementos ofrecidos (siempre que no se demuestre que con los examinados ha sido suficiente) o se ha omitido la realización de diligencias necesarias
6º) Incurre en contradicciones en la exposición o en las conclusiones, o considera erróneamente los elementos ofrecidos
7º) Demuestra delegación en terceros de la responsabilidad personal del peritaje
8º) Evidencia la intención de hacer incurrir en error de apreciación al observador mediante la distorsión u ocultamiento de elementos.

Virginia
www.vsfconsultora.com.ar