La ley 25323 habla de que si operado el distracto la relación hubiera estado defectuosamente registrada habrá indemnizaciones agravadas a favor del empleado. Ahora bien mi pregunta apunta a una vinculo laboral que tuvo su fin hace 4 meses por renuncia de la trabajadora (cobro la liquidacion final) y estuvo en negro los dos primeros años de esta relación. Puedo reclamar algún tipo de indemnización? Si no es por la 25323 podría reclamar esos periodos en negro por alguna otra ley?
Gracias!!!
Gracias!!!