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  • DESALOJO O REIVINDICACION?

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 #3208  por esoj2201
 
Hola, tengo 2 dudas:

1) Que acción corresponde para recuperar un inmueble de manos de un tenedor precario que ingresó al mismo por medio de un contrato verbal de comodato y hace 2 años que es intimado a la restitución del bien y se niega a hacerlo. DEMANDA DE DESALOJO O DE REIVINDICACION?

2) El titular del inmueble mencionado es Luis que lo adquirió de soltero, luego contrajo matrimonio con Adriana y luego se divorciaron. Luis le otorgó a Adriana un poder especial sobre dicho inmueble de administración y disposición. mi pregunta es: Adriana me puede otorgar un poder sobre el poder que a la vez le concedió Luis sobre el inmueble, para accionar judicialmente o como hago para ser apoderado de adriana?

Les agradecerìa muchisímo si me pueden dar su opinión, ya que soy recién recibido. MUCHAS GRACIAS.

 #3226  por Charlie
 
Algunas preguntas:
1) ¿Las intimaciones fueron verbales, o escritas?
2)¿Contestó las intimaciones? ¿Que aduce, en caso afirmativo, para negarse a la restitución del inmueble?
3)¿La adquisición del inmueble consta en escritura, o en boleto de compraventa?
Saludos.
 #3287  por esoj2201
 
Charlie escribió:Algunas preguntas:
1) ¿Las intimaciones fueron verbales, o escritas?
2)¿Contestó las intimaciones? ¿Que aduce, en caso afirmativo, para negarse a la restitución del inmueble?
3)¿La adquisición del inmueble consta en escritura, o en boleto de compraventa?
Saludos.
Las intimaciones fueron por medio de Carta Documento y volvieron al remitente rechazadas por algún ocupante de inmueble.
La adquisición consta en escritura.
TAMBIEN FORMULO DENUNCIA PENAL EN LA COMISARIA POR USURPACION.
Espero me puedan ayudar. Saludos.

 #3438  por Charlie
 
Para evitar problemas con respecto a la legitimación, te conviene realizar una diligencia preliminar (art. 323, inc.6 CPCCPBA). En esa diligencia tendrás que pedir que se libre mandamiento de constatación, a los efectos de que el oficial de justicia compruebe quienes son los que ocupan el inmueble, en que carácter lo hacen (propietario, tenedor, locatario, etc.), y que exhiban los títulos que prueben su afirmación.
Una vez diligenciado el mandamiento de constatación, y de acuerdo a la respuesta del ocupante del inmueble, sabrás cual es la acción a iniciar. Eso es lo que yo hago cuando tengo un caso de este tipo.
Podrá ser un desalojo, un interdicto, una acción posesoria, o una acción reivindicatoria; todo depende de lo que conste en el mandamiento.
De este modo, evitarás los problemas de falta de legitimación pasiva que podría aducir el demandado, en caso de que la acción iniciada no fuera la correcta.
Si afirma ser propietario, yo iniciaría acción reivindicatoria; y esto porque, aunque el criterio jurisprudencial no es unánime, si el demandado afirma tener algún derecho real sobre el inmueble, la acción de desalojo no procede (aunque, repito, la jurisprudencia es divergente en este tema).
Si afirma ser tenedor, o locatario, o titular de otro derecho personal que implique obligación de restituir, entonces procederá la acción de desalojo.
En cuanto al poder, estimo que no existen inconvenientes en que tu clienta te otorgue uno para que vos seas su apoderado.
Saludos.
Última edición por Charlie el Sab, 28 Oct 2006, 03:40, editado 1 vez en total.

 #3513  por esoj2201
 
Gracias charlie, muy buena tu respuesta.
saludos
 #4213  por Guillermo Ledesma
 
esoj2201 escribió:
Charlie escribió:Algunas preguntas:
1) ¿Las intimaciones fueron verbales, o escritas?
2)¿Contestó las intimaciones? ¿Que aduce, en caso afirmativo, para negarse a la restitución del inmueble?
3)¿La adquisición del inmueble consta en escritura, o en boleto de compraventa?
Saludos.
Las intimaciones fueron por medio de Carta Documento y volvieron al remitente rechazadas por algún ocupante de inmueble.
La adquisición consta en escritura.
TAMBIEN FORMULO DENUNCIA PENAL EN LA COMISARIA POR USURPACION.
Espero me puedan ayudar. Saludos.
No se configura el delito del 181 del CP , toda vez que entraron al inmueble con conentimiento del propietario.
Saludos.
 #4274  por esoj2201
 
Guillermo Ledesma escribió:
esoj2201 escribió:
Charlie escribió:Algunas preguntas:
1) ¿Las intimaciones fueron verbales, o escritas?
2)¿Contestó las intimaciones? ¿Que aduce, en caso afirmativo, para negarse a la restitución del inmueble?
3)¿La adquisición del inmueble consta en escritura, o en boleto de compraventa?
Saludos.
Las intimaciones fueron por medio de Carta Documento y volvieron al remitente rechazadas por algún ocupante de inmueble.
La adquisición consta en escritura.
TAMBIEN FORMULO DENUNCIA PENAL EN LA COMISARIA POR USURPACION.
Espero me puedan ayudar. Saludos.
No se configura el delito del 181 del CP , toda vez que entraron al inmueble con conentimiento del propietario.
Saludos.
Hola Guillermo, gracias por mandar un mensaje. Te cuento que el inc. 1) del art. 181 del CP establece como uno de los medios típicos para el delito de Usurpación a el "Abuso de Confianza", según la doctrina y en particular Carlos Creus en su "Derecho Penal, Parte Especial, Tomo I, Pág 561, Ed. Astrea" considera tal medio típico " ...como la conducta del que despoja al sujeto pasivo aprovechando la confianza que se le ha otorgado al permitirle el acceso o el uso del inmueble manteniéndose en él como ocupante, o intervirtiendo el título en virtud del cual se le permitía la tenencia o el goce de un determinado derecho real sobre el inmueble..."
También, otro medio típico es el "Engaño" es decir aquella conducta que induzca en error al sujeto pasivo o a un tercero, para permitirle la ocupación al sujeto activo.
Por todo ello la denuncia por usurpación es procedente.
Saludos.-

 #67155  por Wallas
 
Charlie escribió:Para evitar problemas con respecto a la legitimación, te conviene realizar una diligencia preliminar (art. 323, inc.6 CPCCPBA). En esa diligencia tendrás que pedir que se libre mandamiento de constatación, a los efectos de que el oficial de justicia compruebe quienes son los que ocupan el inmueble, en que carácter lo hacen (propietario, tenedor, locatario, etc.), y que exhiban los títulos que prueben su afirmación.
Una vez diligenciado el mandamiento de constatación, y de acuerdo a la respuesta del ocupante del inmueble, sabrás cual es la acción a iniciar. Eso es lo que yo hago cuando tengo un caso de este tipo.
Podrá ser un desalojo, un interdicto, una acción posesoria, o una acción reivindicatoria; todo depende de lo que conste en el mandamiento.
De este modo, evitarás los problemas de falta de legitimación pasiva que podría aducir el demandado, en caso de que la acción iniciada no fuera la correcta.
Si afirma ser propietario, yo iniciaría acción reivindicatoria; y esto porque, aunque el criterio jurisprudencial no es unánime, si el demandado afirma tener algún derecho real sobre el inmueble, la acción de desalojo no procede (aunque, repito, la jurisprudencia es divergente en este tema).
Si afirma ser tenedor, o locatario, o titular de otro derecho personal que implique obligación de restituir, entonces procederá la acción de desalojo.
En cuanto al poder, estimo que no existen inconvenientes en que tu clienta te otorgue uno para que vos seas su apoderado.
Saludos.
Estimado, lo consulto pues veo que esta en tema: yo estoy en un tema pero la variante es que el desalojo o reivindicatoria (no se aun que corresponde) seria contra un pedazo! Osea, un cliente, hace como 8 años "le presto" aun vecino que estaba de malas un pedazo de terreno (aprox 2,5 x 10 de fondo) para que hiciera -o agrandara- un garage para poner un negocito y así ganarse la vida. La cosa es que ahora, la casa y todo el terreno lo compro la hija de mi cliente (pues a mi cliente se la remataron y en el remate la compro su hija) y ella quiere recuperar esos mts. perdidos del terreno....

 #67157  por Sailaw
 
Si hubo un comodato (aunque haya sido verbal), corresponde el desalojo, previa intimación (que en forma aparente se realizo por CD devueltas por el que ocupa la casa, en este caso, sería interesante sabe si esa devolución se produjo por rechazo a recibirla o bien porque esa persona no vive en ese lugar)

Si de la devolución se desprende que es porque esa persona es desconocida o no vive aparecen otras variantes:

Para que haya revindicación como bien dijo Charlie, debe estar involucrado derecho real, y como cuenta Wallas no existe nada de eso, eso se descarta.

Dos caminos quedan, uno desalojo por intrusos, otro por vencimiento de comodato, en el primero se debe efectuar la constatación que dijo Charlie, en el segundo la demanda va contra a quien se presto el inmueble.

El problema del desalojo por comodato, estaría en que no existe medio escrito para comprobarlo, y si los ocupantes se presentaran aduciendo otra justificación para le tenencia, esa acción caería.

Así que lo más coherente es la acción por desalojo de intrusos, previa constatación, para esta acción se debe acreditar ser el titular registral de la propiedad.

 #67159  por Sailaw
 
En el segundo caso presentado por Wallas, corresponde si la acción revindicatoria si el pedazo de terreno prestado al vecino, linda con la propiedad del mismo, porque sería un avance del vecino en la propiedad del cliente .

Pero si ese prestamo se instrumentó por escrito, como un comodato o un alquiler cambia la cosa.

Ahora bien, si la propiedad prestada no linda con la del vecino, tambien cambia la cosa, y corresponderia el desalojo por vencimiento de comodato, alquiler o intrusión, depende de la existencia o no de instrumentación por escrito del prestamo.
 #67185  por Wallas
 
Colega, en estos dias me taen la Carta Documento que respondio el "ocupante" y ahi tendra mas precisiones...

Ni bien las tenga escribo nuevamente!
 #67202  por blancar
 
esoj2201 escribió:Hola, tengo 2 dudas:

1) Que acción corresponde para recuperar un inmueble de manos de un tenedor precario que ingresó al mismo por medio de un contrato verbal de comodato y hace 2 años que es intimado a la restitución del bien y se niega a hacerlo. DEMANDA DE DESALOJO O DE REIVINDICACION?

2) El titular del inmueble mencionado es Luis que lo adquirió de soltero, luego contrajo matrimonio con Adriana y luego se divorciaron. Luis le otorgó a Adriana un poder especial sobre dicho inmueble de administración y disposición. mi pregunta es: Adriana me puede otorgar un poder sobre el poder que a la vez le concedió Luis sobre el inmueble, para accionar judicialmente o como hago para ser apoderado de adriana?

Les agradecerìa muchisímo si me pueden dar su opinión, ya que soy recién recibido. MUCHAS GRACIAS.
Como ya dije anterirmente es muy dificil dar una opinion valida ante una consulta tan breve por la red, sin examinar la documentacion obrante. Contra el comodatario , el intruso, el tenedor precario corrresponde la accion de desalojo . Ahora bien estos tenedores precarios intervirtieron el titulo considerandose poseedores a titulo de dueño corresponde iniciar accion de revivindicacion, siempre y cuando el el actor sea titular registral del inmueble.
Es imprescindible conocer el texto de la carta documento y el sumario criminal.
Correctisima la respuesta de Charli, pero quizas del texto de la carta documento surjael caracter que se atribuye el ocupante y en que se basa para no desalojar y no sean necesarias las diligerncias preliminares
 #67204  por Charlie
 
blancar escribió:
Correctisima la respuesta de Charli
Charlie, Blancar, mi nick es Charlie... :lol:

Saludos.
 #67206  por blancar
 
Charlie escribió:
blancar escribió:
Correctisima la respuesta de Charli
Charlie, Blancar, mi nick es Charlie... :lol:

Saludos.
:oops:

:oops:
sorry CHARLIE
 #67687  por Wallas
 
Si de la CD contestada por el ocupante se deduce claramente que titulo obstenta o pretente obstentar el ocupante es innesesaria la "medidda preliminar"?