Hola colegas. Muy interesante la cantidad de conocimiento desplegada en este hilo.-
Desarrollo mi duda. Leyendo el foro y un libro de Carlos Ghuersi, "Juicio de Automotores" más o menos voy tomando idea, pero todavía no llego a tener certeza.-
El caso es el siguiente:
a) Se trata de un auto modelo ochenta y pico.-
b) La compraventa hecha hace muchos años (si no me equivoco, por lo menos, 15 años).-
c) Mi cliente se lo compró a la persona que actualmente figura como titular registral.-
d) Mi cliente tiene solamente la cédula verde. No cuenta con nada más, ni siquiera 08 tiene.-
La cuestión es que lo quiere registrar. Al vendedor, a pesar de todos los intentos, resulta imposible localizarlo. Posiblemente, haya fallecido, ya que al momento de la venta, era una persona bastante mayor. Tampoco hemos localizado herederos, y veo casi imposible hacerlo. Es decir, partiríamos de la base fáctica esencial de que es imposible encontrar a alguien que pueda firmar/entregar el 08.-
Opciones que se me ocurren, y es acá paro, pues es donde entra en juego la experiencia:
1° Hacer la denuncia de compra, según entiendo, no tendría mayor sentido, pues lo que importa es que la reciba alguien, y en este caso, ese "alguien" es imposible de localizar.-
2° Iniciar juicio de transferencia.-
3° Iniciar juicio por incumplimiento contractual.-
4° Iniciar juicio de usucapion, por haber poseido más de los dos años que señala la ley (art. 4016 bis C.C.) -en éste caso lleva más de 10 años de posesión.-
El juicio de usucapion me parece interesante, pero desconfío, pues nunca he iniciado uno y, además, ha sido escasamente planteado como opción dentro de las opiniones que he leído. Espero les parezca interesante. Saludos. Franco