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  • CONSULTA BLANQUEO DE POLCIA.

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #431046  por diegogvillamayor
 
Hola como estan, les hago una consulta.
tengo iniciado un blanqueo de los no remunerativos de policia-
hubo demenda, se contesto, me corrieron el tralado, yo conteste el traslado...
hasta ahi todo bien.
ahora en mi contestacion del traslado me sacan el despacho de tengase presente por contestado en legal tiempo y forma ..... Y el despacho no dice nada mas.
No me dedico a esto y mi socia le pregunto a la chica de la mesa, segun ella hay q correr nuevo traslado de mi contestacion a policia... Esto para mi no es asi, sino que se abriria a pueba o iria a sentencia si no hay prueba q producir.
alguien pude guiarme??

saludos y gracias
 #431822  por eduferry
 
Hola diego: esdtos expedientes tramitan como cualquier otro ordinario (algunos pocos como amparo) y conforme las reglas del CPCCN. La litis quedó trabada con la demanda y su contestación, de la cual te dieron traslado.
Entiendo que si presentaste una réplica a la contestación de demanda, el juzgado cumple con solamente el hágase saber o téngase presente y entiendo que es correcto que el proveído no ordene notificar (sino se entraría en duplicas y réplicas que el CPR no prevé).
Mi parecer, salvo mejor opinión que correspondería pedir se abra a prueba, si ofreciste, o se declare de puro derecho, porque casi todas estas causas tramitan de puro derecho.
 #431861  por diegogvillamayor
 
hola como estas, ese es el tema.
para mi es como vos decis, pero cuando fui a dejar el escrito solicitando apertura a prueba, la chica que recibe los escritos en la mesa me dijo que no, que ese escrito no iba, que habia que dar un nuevo traslado de mi contestacion, cosa que para mi es una locura....
pero por las dudas pregunto.
en si a mi no me lo dijo, sino a una de las chicas del estudio...
pero antes de pedir algo que capaz no iba preferi preguntar....

mil gracias.
 #431949  por eduferry
 
Diego y por más que quisieras hacerlo el proveído no ordena notificar.
Si el juzgado por costumbre o error quisiera otro traslado, cosa que es la primera vez que escucho, al tirarle un escrito te deberían proveer como que previo debe cumplirse.....
Estimo que hubo confusión en el empleado del mostrador o tu empleada entendió mal, quizás no estaba la cédula de vuelta o puede ser que el empleado al ver que se había agregado una contestación correspondía correr traslado, pero no es así, por lo que te sugiero que vayas vos y de última consultes con la persona que despacha. Suerte.
 #432019  por diegogvillamayor
 
hola que tal, recien vino la chica del estudio q habia ido a volver a hablar al juzgado..
la verda el error fue d ellos, se equivocaron en lo que me dijeron.
Fue un error, me dijeron que directamente pida se oficie a policia para que el dpto correspondiente haga la liquidacion y luego se resuelva.

saludos. y gracias
 #433474  por DrRodrigo
 
Diego,
Si el reajuste es de PFA, no pidas la apertura a prueba, solicita directamente que se declare la causa como de puro derecho. No te olvides del fallo plenario Carrozino, se declaro que el decreto 2744/93 es remunerativo y bonificable.
Saludos.
 #433539  por diegogvillamayor
 
hola que tal, si eso pensaba hacer, pasa que me dijeron que antes de pedir la sentencia tengo que pedir al juzgado q oficie a policia para que esta saque las liquidaciones. y las presente y luego la sentencia.
o primero se pide dictado de sentencia y despues se le pide a policia que saque las liquidaciones?

saludos y gracias
 #434454  por eduferry
 
Hola diego: no tendría sentido pedirle a la PFA que haga las liquidaciones si todavía no tenés la sentencia.
Generalmente en estos juicios una vez sentenciados y ante la imposibilidad de la actora de practicarla, el desconocimiento de los contadores civiles y los peritos de la normativa especifica, se ordena a la demandada a que presente la liquidación de los actores de las sumas retroactivas.
Luego sí te van a correr traslado para que la impugnes o la consientas, una vez firme podés iniciar el trámite de cobro de las acreencias (otro parto...)
 #434862  por diegogvillamayor
 
y como seria el tema ese???????? va el proceso en si, asi ya me voy preparando jaja.