Hola colegas! Me llego un caso que pienso encarar como guarda asistencial. La abuela crio a su nieto, junto a sus otros hijos, tras el abandono de la madre (de la que se desconoce paradero...) y el padre(hijo dela Sra.) digamos que se borro.. tiene su comercio, vive con su pareja.. el hijo sabe que es el padre, pero vive con su abuela. Mi cliente viene para poder incluirlo en la obra social, porque todos sus hijos la tienen, menos el nieto...
Hay que justificar que el padre no puede proporcionale la asistencia, ciudado etc? el estarìa de acuerdo en darle la guarda a su madre, con eso es suficiente?
Gracias!
Hay que justificar que el padre no puede proporcionale la asistencia, ciudado etc? el estarìa de acuerdo en darle la guarda a su madre, con eso es suficiente?
Gracias!