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  • JUICIO EJECUTIVO - CADUCIDAD

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 #452491  por ernestoc
 
Tengo un cliente al que le llegó una intimación de pago en un ejecutivo, el tema es que el otro deudor todavía no ha sido notificado y hace más de un año que no tiene movimiento impulsorio respceto de este último. Puedo pedir la caducidad de instancia antes de que se notifique el mandamietno? por más que el expediente tenga movimiento respecto de uno solo de los deudores?? o mi planteo está muy fuera de lugar??

Gracias!!
 #452511  por BRENDITA
 
lo veo igual q vos. Comparecé y pedí la caducidad con respecto a tu cliente.
 #452522  por ernestoc
 
Gracias Brendita, o sea puedo pedir la caducidad aún antes de notificado el mandamiento de intimación, ya que no hay movimeitno impulsorio con restecto a este deudor por màs de un año? por mas que si lo haya respecto del otro deudor?? lo hago aora o spero a que me notifiquen??? o una vez notificado queda subsanada la caducidad??
 #452527  por BRENDITA
 
la caducidad únicamente la podés alegar antes de q te notifiquen, xq una vez q te manden la cédula x más q haya pasado el año ya no vas a poder oponerla xq una vez mandada la cédula te la interrumpen. No importa q al otro codeudor lo hayan notificado, no hay litis consorcio pasivo necesario en este caso
 #452553  por luc
 
Gracias brendita!!! para saber cuando se configuraria el litisconsorcio pasivo?
Entonces me presento notificandome de la demanda ejecutiva y pido caducidad de la misma?? y tengo que contestarla subsidiariamente??
 #452571  por BRENDITA
 
no digas q te presentás a notificarte, directamente decís: que vengo x la presente a plantear la caducidad de la demanda contra el codemandado sr..............(nombre de tu cliente) ya que de acuerdo al art...... CPCC a transcurrido con exceso el plazo de 1 año q señala el mismo, ya que el decreto de la demanda es de fecha.............y nunca le fue notificado a mi parte del mismo.
De este escrito, el juzgado va a hacer un decreto ordenando traslado al actor para q la conteste y desp. el juez tiene q resolver.
 #452601  por BRENDITA
 
con respecto a tu pregunta del litisconsorcio pasivo, es cdo. la demanda se entabla contra varias personas, es NECESARIO cdo. tenés q ir contra todos si o sí (x ej. en un juicio de escrituración se debe demandar a todos los titulares registrales del inmueble, no podés dejar a ningún titular afuera), y es FACULTATIVO como en este caso tuyo xq el actor tiene la facultad de accionar contra todos los firmantes de un pagaré o bien contra 1 solo, también es facultativo en un daños y perjuicios q no tenés obligac. de demandar a la cía. de seguros, podés ir solamente contra el causante del daño.
 #453160  por luc
 
Un más, no debría notificarme y cotestar la intimación subsidiriamente? por si no me llegan a dar la caducidad?? sino cómo sería, pido la caducidad no me la dan por x motivo y que pasaría con el plazo para oponer excepciones??
 #453267  por luc
 
Gracias Brendita! ya no molesto más (por lo menos con este tema)
 #455529  por luc
 
Vuelvo a molestar, no encuentro ni una jurisprudencia a favor de la caducidad de instancia en caso de litisconsorcio! Todas son a favor de la indivisibilidad de la instancia, si un demandado contestó o si se realizó algún impulso respecto de alguna de las partes es a favor de todos. Que puedo hacer??
 #455540  por BRENDITA
 
yo recuerdo q hace años mi socio lo había planteado en un caso como el tuyo y tuvo éxito, voy a ver si te encuentro algo de jurisprudencia
 #455883  por SILVESTRE
 
Que tal? voy a colaborar, la caducidad de instancia no va a prosperar, la instancia es indivisible , ademas no se donde esta planteado si en capital o provincia.-
En provincia si pedis la caducidad basta para que el actor impulse el proceso y no hay caducidad y si hay sustanciacion te cargaran con las costas, lo bueno es que no va a poder dormir el expediente porque al segundo pedido de caducidad debe decretarse necesariamente. Ahora bien, la caducidad de la instancia hara que ganes las costas pero no impedira que el actor vuelva a iniciar el juicio mas enojado que antes.-
 #455958  por ernestoc
 
Gracias!!! tramita en capital, la verdad que no me impora que lo vuelva a iniciar más enojado que antes, no voy a dejar de plantarla por eso. Yo necesito tiempo, por eso la quiero plantear. Pero no encuentro ningún fallo a mi favor, todos plantean el tema de la indivisibilidad de la instancia sin importar si el litisconsorcio es pasivo o no.Si alguien sabe de alguna juris. para fundar estaré super agradecido!!!