hola buenas tardes a todos, haber si alguien me puede ayudar, hay uan causa penal reciente por lesiones y quiero iniciar accion civil, ¿será conveniente que me presente como tercero damnificado y/o planteo directamente en el fuero civil, haciendo mención de la causa penal? muchas garcias por la ayuda.-
Hola gero, veamos:
1- ¿qué tipo de lesiones son?
2- Hasta donde sé, y, para evitar futuros dolores de cabeza por el tema prescripción, o bien, inicias todo en Sede Penal (como Actor Civil, arts., 29 a 33 del Código Penal Argentino y los del Código Procesal Penal que corresponda), o podes iniciar cada acción por separado y en fueros distintos. Igual, lo normal es que el Juez Civil va a esperar que finalise la instancia Penal, para después decidir sobre la cuestión daños u otros, (o sea que, mientras no se defina la acción penal, la acción civil queda en suspenso, pero, recorda, es suspenso y no interrupción).
3- La cuestión "del tercero damnificado" no la llego a entender: ¿vos sos asistente legal en la/s causa/s, o sos parte tercera involucrada y afectada?.
4- Si son "lesiones leves" o hasta cierto tipo de las "lesiones graves", creo, esas van por Sede Civil; en cambio, las "lesiones gravisimas", (las, por ejemplo, producidas por uso de arma blanca), esas van por Sede Penal (en la cual también se puede resolver la cuestión civil de la causa).
5- Dale una vista al Código Procesal Civil y al Penal, y trata de buscar apoyo en jurisprudencia y en fallos, o doctrina.
Saludos y suerte,