Hola: una pregunta: tengo que revocar el poder a una colega en capital federal, busque en la pagina del colegio de abogados y voy a mandarle una CD que contenga como remitente a mi cliente (Poderdante) a la dirección que figura en la pagina, mi duda es que pasa en el caso de que la CD no sea recibida por la colega, ya por el solo hecho de enviarla al domicilio que constituyo en el colegio queda revocado el poder o tiene que recibirla??? Y por otro lado como debo notificar de mi intervencion en el proceso para cumplir con el codigo de etica profesional??? Perdón mi ignorancia pero es mi primera intervencion judicial, saludos y gracias a todos. Rosana.
En la Provincia de Buenos Aires se realiza mediante el formulario siguiente por triplicado:
Ciudad de…., de de 20
DOCTOR/A:
REF.: Aviso de sustitución de patrocinio.
De mi mayor consideración:
Me dirijo al colega en los autos …………………………..………..
……………………………………………………..……………………………………………………..
que tramitan por ante …………………………………………………………………………………
del Departamento Judicial de ……………………………………, a efectos de notificarle que asumiré el patrocinio …………………………………………….…………………………………….
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Por la presente cumplo con lo preceptuado por art. 60 inc. 4 de la Ley 5177 y art. 40 de las Normas de Ética Profesional, significando ésta el aviso previo que prevé la normativa vigente.
Saludo a Ud. muy atentamente.
Ley 5177. Art. 60: “Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados … Inc. 4) Aceptar el patrocinio o representación en asuntos en que haya intervenido un colega, sin dar previamente aviso a este”.
Normas de Ética profesional. Art. 40 “Sustitución en el patrocinio. El abogado debe dar aviso al colega que haya intervenido en un asunto, antes de aceptar el patrocinio o representación de la misma parte. El aviso previo no es necesario cuando el anterior colega ha renunciado expresamente al patrocinio o mandato. Sin embargo, es recomendable que el nuevo abogado haga saber al anterior su intervención en el asunto”.
Por triplicado (original a remitir al sustituido; duplicado a archivar en el Colegio de Abogados y triplicado será devuelto al firmante sellado por el Colegio de Abogados).