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  • ACREDITACION DE CONCUBINATO.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #479683  por SIPOL82
 
HOLA: EL MOTIVO DE MI CONSULTA ES PORQUE INICIE UNA PENSION DIRECTA Y UNA DE LAS DERECHOHABIENTES ERA LA CONCUBINA. PRESENTE `PRUEBAS Y AHORA LE LLEGA UNA CARTA A LA CONCUBINA PARA QUE PRESENTE PRUEBAS POR LOS DOS ULTIMOS AÑOS ANTERIORES AL FALLECIMIENTO DICIEMBRE 2006-DICIEMBRE 2008. AHORA BIEN TENGO CIERTA DOCUMENTAL PERO ES POR AÑOS ANTERIORES, POR LOS DOS ULTIMOS AÑOS NO TIENE NADA, SOLO FOTOS, . TUVO CINCO HIJOS CON EL FALLECIDO. NOSE QUE PRESENTAR PIDO QUE APLIQUEN LO DISPUESTO EN EL DECRETO 1290/94. TIENE UNA TARJETA MAESTRO DEL BANCO NACION A NOMBRE DE EL, ELLA DICE QUE TENÍA UNA EXTENSIÓN PERO NO TIENE NINGUNA DOCUMENTAL QUE AVALE ESO. NO SE QUE HACER.
 #479698  por Maylu
 
Hola, ella estuvo conviviendo con el causante hasta el día del fallecimiento?
Ya que al tener hijos con demostrar 2 años de convivencia bastan.
Saludos
 #479705  por fabidoc
 
Primero, una concubina no es derechohabiente.-
Hijos y testimoniales, ya serían 2 pruebas y te piden 3: qué pasa con el domicilio? Te piden la acreditación de los últimos 2 años porque tuvieron hijos y es así.- No importan los años anteriores.- Impuestos, gastos de funeraria, tarjeta bancaria era una cuenta recíproca??
Lo último que te queda es pedir le efectúen la ambiental a los fines probatorios, porque por lo que decís, dudo que la hayan hecho.- Y en un caso mandé a pedir a pedir a la Sra. constancia de ingreso a Clínica donde había fallecido el causante y figuraba la Sra. como declarante.-
 #479736  por SIPOL82
 
Hola. Gracias por las respuestas.si, tuvieron cinco hijos. El hijo más chico tiene cuatro años. Yo presenté cierta documental a través de la cual acreditaba que ambos tenían el mismo domicilio. El tema es que me piden documental que acredite que tenían el mismo domicilio, por el último período: los dos últimos años. Y la realidad es que la Sra. me trajo documental, pero nada de los últimos dos años. Los servicios están a su nombre, pero no hay ningún servicio a nombre de él.
 #479738  por SIPOL82
 
El art. 53 de la ley 24241 menciona a los derechohabientes y entre ellos está la conviviente, me expresé mal, lo que pasa es que relaciono a la concubina con conviviente, van de la mano.
 #479804  por fabidoc
 
En la partida de defunción qué domicilio figuraba y en el Doc. del Sr. ?Hay alguna razón por la que le piden más pruebas :roll:
 #479809  por SIPOL82
 
No entendí lo que pusiste de la Sra. que figuraba como declarante en la clínica. A que te referís? gracias
 #479815  por SIPOL82
 
En la partida de defunción figuraba el domicilio en el que vivía con su concubina y en el DNI figura el mismo domicilio. Quieren más pruebas de los últimos dos años.
 #479831  por Maylu
 
SIPOL82 escribió:En la partida de defunción figuraba el domicilio en el que vivía con su concubina y en el DNI figura el mismo domicilio. Quieren más pruebas de los últimos dos años.
Fijate la incorporación a la obra social y/o prepaga.
 #479835  por fabidoc
 
Lo de la Clínica, me paso con una cliente que no tenía nada, a veces pasa, y se me ocurrió hacerle pedir una constancia de internación en donde figuraban los datos de la Sra. cuando le hacen la planilla de admisión.-Que mejor que estar lado del causante en su última enfermedad. Prueba contundente
Como te dije antes: tenían el mismo domicilio en los DNI, hijos, presentándo una prueba más te la tienen que dar como conviviente previsional.-Una sería la información sumaria judicial con 2 testigos declarando desde cuando convivía con el causante.- o Servicios públicos a nombre de la conviviente también sería prueba.-Y también podés hacer referencia al decr.1290/94 en cuanto a evaluar las pruebas según la condición socio-económica de las partes.-
 #479840  por fabidoc
 
PAra evitar todo esto yo siempre hago la convivencia previsional antes de iniciar la pensión.-
 #520403  por Andrep
 
Mi clienta estuvo más de 10 años viviendo en aparente matrimonio con su concubino fallecido. Tuvo una hija que no llegó a reconocer, por caer muerto a los días de nacida la beba. Ella quiere sacar su pensión. Realizamos la información sumaria post mortem ante el Juzgado de Paz, que tardó por todos los nuevos requisitos, 10 meses. Esa sentencia nos sirvió para que se nos reconozca ante la Caja de Policía, quien va a pagar la pensión y otros lugares. En la Caja nos solicitan el reconocimiento de todos los años aportados por el causante en relación de dependencia y autónomo, para ello solicitamos clave fiscal. En AFIP, nos piden ADP de pensión. Cuando llegamos a Anses, nos dicen que la sentencia post mortem no tiene la misma validez que en vida de los concubinos, por lo que se nos solicita toda la documentación posible para acreditar nuevamente los últimos 5 años de convivencia; tardando esto último varios meses. Lo consulté ante el mismo Juzgado de Paz, y me respondieron que es algo irrazonable, y que deberían tomar la sentencia como ya probada la convivencia. ¿Que hago?
 #520519  por fabidoc
 
No es irrazonable. Es post-mortem, es solo lo que declara la concubina y lleva testigos que ratifican LO QUE ELLA DICE. No lo declara el titular.
Para ANSES es una prueba más, llevá el resto de las pruebas que tengas.
 #520524  por fabidoc
 
De dónde sos. La convivencia previsional yo la hago en el día. :roll: :roll:
 #520592  por Andrep
 
De San Martín. Voy a ver si voy para la UDAI de allí, ya que en la UDAI a donde fui, no me atendieron bien.