Colegas, una consulta practica:
En un juicio por tenencia en pcia, en etapa previa se acordo en visitas y alimentos. En la homologacion regulan honorarios por los alimentos a cargo del alimentante, difiriendo la reg de tenencia y visitas para su oportunidad (porque se fijo una nueva fecha para marzo para reverlo si era necesario).
Respecto de los honorarios de los alimentos, se imponen los de la letrada de la contraria y los mios, en igual suma, a mi cliente.
Necesito saber ahora los pasos a seguir !!
Tengo que avisarle al cliente que debe abonar los honorarios de la otra abogada, con mas el 10% de aportes no?? Y con respecto a los mios, como yo tengo pacto de honorarios que viene cancelando en cuotas, solo le cobro los aportes... le paso el 23,5% (mas ingresos brutos) y abono y acompaño boleta en el expte???
Esta bien???
En un juicio por tenencia en pcia, en etapa previa se acordo en visitas y alimentos. En la homologacion regulan honorarios por los alimentos a cargo del alimentante, difiriendo la reg de tenencia y visitas para su oportunidad (porque se fijo una nueva fecha para marzo para reverlo si era necesario).
Respecto de los honorarios de los alimentos, se imponen los de la letrada de la contraria y los mios, en igual suma, a mi cliente.
Necesito saber ahora los pasos a seguir !!
Tengo que avisarle al cliente que debe abonar los honorarios de la otra abogada, con mas el 10% de aportes no?? Y con respecto a los mios, como yo tengo pacto de honorarios que viene cancelando en cuotas, solo le cobro los aportes... le paso el 23,5% (mas ingresos brutos) y abono y acompaño boleta en el expte???
Esta bien???