Un trabajador ingresa a laborar en la empresa A el 1-1-2003. El 1-6-2005 renuncia a esta empresa A. Durante 13 meses no trabaja y por los meses 14 y 15 constan aportes de una empresa B. Se colige que trabajó para B durante período de prueba (dos meses) que no llegó a ser contrato por tiempo indeterminado por motivos que desconozco. Las empresas A y B no tienen ninguna vinculación. Luego de ese período de prueba en B, la empresa A -a la cual había renunciado- con fecha 1-10-06 lo vuelve a tomar como empleado y el 15-9-2009 lo despide sin causa. La pregunta es ¿qué antigüedad tiene el trabajador? ¿Se aplica el art. 18 LCT aún cuando haya laborado para un tercero de modo registrado? Es decir, tiene solo los últimos 3 años 9 meses y 15 días de antigüedad o debe sumársele el período previo a la renuncia aunque cuando se haya desempeñado para otro empleador? Muchas gracias por sus comentarios.
Me encanta cuando un plan se concreta...