Para valeriahs
Hola Valeria. Mirá yo no soy abogada, soy gestora y nuevita, pero te diría que podrías intentar que se levante la inhibición a los solos fines de transferir, como el F08 tiene fecha anterior a la inhibición no creo que haya inconvenientes, ya que lo único que realmente tiene validez para la transferencia es el 08 y no el boleto. Con respecto al 381, ya no te lo piden, ahora te solicitan el CETA, pero para vehículos de $ 50.000,00 en adelante, por ahora después se van a agregar los de $ 40.000,00 en adelante y finalmente los de $ 30.000,00 así que por ahora no necesitarías el CETA tampoco. Así que con respecto a estos dos temas me parece que te podés quedar tranquila, según mi humilde opinión, igual esperá otras respuestas porque acá hay gente con mucha experiencia, de todas formas voy a ver si te averiguo algo más que a lo mejor a mí se me esté pasando por alto en estos momentos. En cuanto a las multas y las deudas de patentes, lamentablemente se va a tener que hacer cargo tu familiar, encima si el vehículo no está municipalizado, al momento de retirar la documentación tiene que haber saldado la deuda ya que hay un convenio con Arba que así lo ordena, te comento que yo tuve un cliente que había comprado un vehículo con deuda también, y bastante elevada, así que se adhirió a un plan de pagos porque encima estaba en etapa judicial, cuando voy a retirar el trámite estaba todo bien pero no me entregaron la documentación porque la deuda no estaba en cero, así que lo que hice fue presentar un recurso de reconsideración, no sabía si me iba a salir bien el intento, y para mi sorpresa en 15 días me llamaron para avisarme que pasara a buscar los papeles, lo que quiero decir es que si la deuda es muy grande a lo mejor tenés suerte y te lo aceptan también, bueno que depende del encargado, a lo mejor yo dí con uno con un criterio más amplio, pero que perdés con probar?.Suerte. Diana