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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #513214  por coraso
 
Hola, me parece recordar algún post en donde decía que en pensiones no se puede aplicar el Art 3 de la Ley 24476. Estuve buscando en materiales de cursos que tengo y no encontré esta limitación. Alguien me podría sacar de la duda?
Gracias
 #513219  por ISIS
 
coraso escribió:Hola, me parece recordar algún post en donde decía que en pensiones no se puede aplicar el Art 3 de la Ley 24476. Estuve buscando en materiales de cursos que tengo y no encontré esta limitación. Alguien me podría sacar de la duda?
Gracias
No se puede aplicar si era un muertito que no estaba inscripto en autonomos...y es una pension de esas que se recurren a la Carss.
Pero de lo contrario si se puede...si pasas mas datos te podremos ayudar con mas exactitud.
Saludos.
 #513737  por coraso
 
Gracias Isis, me causa lo de muertito!! El Sr. no me sale inscripto en el PUC, pero en el sistema registral si. Nunca pagó nada, pero estuvo inscripto. Entonces puedo ponerle Art. 3?
Gracias
 #514442  por ISIS
 
coraso escribió:Ok gracias!!
Si estaba inscripto si podes aplicar el art.3 de acuerdo a la fecha de cese, y si vas por los 15 años se toma la mitad que corresponderia.
Saludos.