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  • COMERCIO ENTRE SOCIEDADES (URGENTE)

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 #520793  por rosinachuchi
 
Pregunto si alguien podría ayudarme a dilucidar si el presidente y el director suplente de una sociedad anónima pueden sin cometer ningún delito comparar a su sociedad el producido y revenderlo formando ellos una sociedad de hecho.
qué estaría pasando en este caso? Sólo esterín faltando a la ética o no? o esterían cometiendo alguna falta o delito de evasión fiscal? Cómo se consideran las ventas de la SA a la sociedad de hecho constituida por los directivos de la SA que vende?
Desde ya agradezco si alguien puede ayudarme.
saludos.
 #520813  por poorlaw
 
Para esos casos rigen los arts. 271, 272 y 273 de la LS:

Así que pueden "comprar" a la sociedad siempre que se concierten las operaciones en las condiciones de mercado (LS: 271)

Y podrían "revender" en tanto cuenten con la autorización expresa de la asamblea, ya que entiendo que constituiría una actividad en competencia (LS: 273).

Si todos declaran sus operaciones ante el fisco, obvio que no constituirá evasión.

Saludos.