Hola, se trata de una docente que se jubilo en el año 87 en la pcia de chacho,luego siguio trabajando en otro cargo y luego vino a vivir a BS AS, en 1995 se jubila por nación con una jubi ordinaria( de hecho yo tenia conocimiento de esta y le estaba por pedir el suplemento) la intiman, tenemos q ir a anses, mi duda es la siguiente, se q tiene q percibir solo uno, ahora bien el mas beneficioso es el de la provincia, lo posterior se puede acumular mediante un reajuste????? se q en términos generales no se puede incluir los aportes posteriores a la jubilación,pero como se trata de una docente me entro la duda, muchisimas gracias por sus respuestas!!!!!!!!!!!!!
